ORDENANZA N° 1544/2018

CERES, 15 de Agosto de 2018.-

VISTO:

La Ordenanza N° 1435/2016 de fecha 9 de Marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se regula el ordenamiento y el mantenimiento de los circuitos por donde circula el tránsito pesado en nuestra ciudad.

POR LO QUE:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Modifícase el Art. 1°) de la Ordenanza N° 1435/16, de fecha 9 de Marzo de 2016, que quedará redactado de la siguiente manera: “En retribución por este servicio, todo vehículo de carga tipificado en el Artículo 2°), de la Ordenanza N° 1364/2014, deberá abonar cada vez que pretenda circular o transitar por calles y/o caminos, habilitados a tal efecto dentro de la jurisdicción municipal, una tasa de $ 250.- (pesos doscientos cincuenta)”.

ARTÍCULO 2°) Exceptúase del pago de la tasa mencionada en el artículo anterior, a los transportistas radicados en la ciudad de Ceres.

ARTÍCULO 3°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los quince días del mes de agosto de dos mil dieciocho.-