ORDENANZA N° 1544/2018
CERES, 15 de Agosto de 2018.-
VISTO:
La Ordenanza N° 1435/2016 de fecha 9 de Marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se regula el ordenamiento y el mantenimiento de los circuitos por donde circula el tránsito pesado en nuestra ciudad.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Modifícase el Art. 1°) de la Ordenanza N° 1435/16, de fecha 9 de Marzo de 2016, que quedará redactado de la siguiente manera: “En retribución por este servicio, todo vehículo de carga tipificado en el Artículo 2°), de la Ordenanza N° 1364/2014, deberá abonar cada vez que pretenda circular o transitar por calles y/o caminos, habilitados a tal efecto dentro de la jurisdicción municipal, una tasa de $ 250.- (pesos doscientos cincuenta)”.
ARTÍCULO 2°) Exceptúase del pago de la tasa mencionada en el artículo anterior, a los transportistas radicados en la ciudad de Ceres.
ARTÍCULO 3°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los quince días del mes de agosto de dos mil dieciocho.-