Ceres, 14 de marzo de 1997
VISTO:
La necesidad de realizar convenios con el Banco de la Nación Argentina sucursal Ceres, para la recaudación de los tributos municipales. Y
CONSIDERANDO:
Que es responsabilidad del Municipio la recaudación de los tributos que hacen a su sostenimiento económico.
Que para lograr tal objetivo es conveniente brindar a los contribuyentes las mayores posibilidades que le permitan efectivizar con comodidad sus obligaciones.
Que el Banco de la Nación Argentina Sucursal Ceres, es una importante entidad financiera de nuestro medio la cual presta. servicios a un amplio espectro de la actividad productiva y comercial de nuestra zona.
Que el mensaje recibido del Ejecutivo Municipal incluye los Convenios a firmar para la recaudación de Tasa General de Inmuebles y Derecho de Registro e Inspección, Caminos Rurales y Pavimento Urbano.
Que dichos Convenios serán considerados anexos a la presente ordenanza.
POR LO QUE:
El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º) Facúltase al Señor Intendente Municipal Don Raúl Ramonda a firmar los Convenios con el Apoderado del Banco de la Nación Argentina Sucursal Ceres, que son anexos a la presente Ordenanza, para la recaudación de la Tasa General de Inmuebles, y Derecho de Registro e Inspección; Caminos Rurales y Pavimento Urbano.
Artículo 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los trece días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete.-