VISTO:
Que por ordenanza 686/96 se ha autorizado al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenio con la Dirección Provincial de Obras Hidraúlicas , dependiente del Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda de la Provincia de Santa Fe, para recibir un subsidio para la construcción de “Pozos absorbentes y letrinas” Y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Obras Hidraúlicas ha reformado los costos de construcción de letrinas y pozos absorbentes, sin ir en perjuicio de la solución del problema sanitario planteado oportunamente por ordenanza 686/96.-
Que de tal reformulación surge una diferencia de recursos que pueden ser destinados a la provisión de un tanque elevado para complementar la planta potabilizadora de agua que el Municipio ha recibido oportunamente, lo que también coadyuvaría a la solución parcial de otros de los aspectos sanitarios que preocupa a este Municipio, como es la provisión de agua potable a la población, especialmente a la de mas bajos recursos.-
Que para ello es necesario dejar sin efecto la Ordenanza 686/96 y autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar nuevos convenios con la Dirección Provincial de Obras Hidraúlicas.-
POR LO QUE:
El Honorable Concejo Municipal de Ceres, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º) Déjese sin efecto en todo sus artículos a la Ordenanza 686/96.-
Articulo 2º) Apruébase la formalización de Convenios entre la Municipalidad de Ceres y la Dirección Provincial de Obras Hidraúlicas, dependiente del Ministerio de Obras Servicios Públicos y Vivienda de la provincia de Santa Fe, con destino a :
a) $ 25.000,00 para solventar los gastos de mano de obra y provisión de materiales para la ejecución de la Obra “Construcción de Pozos Absorbentes y Letrinas”.-
b) $ 17.000,00 para la adquisición de un tanque elevado para depósito del agua potabilizada por la planta recientemente llegada a la Municipalidad.-
Articulo 3º) Facúltase al Intendente Municipal de Ceres, señor Raúl A. Ramonda, DNI 12494531, para que suscriba los respectivos convenios, como también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y la percepción de la tasa que se establezca.-
Artículo 4º) Pase por Secretaria de Hacienda de la Municipalidad para que se realicen los tramites pertinentes a fin de la reformulaciòn del Presupuesto Municipal 1997, aprobado por Ordenanza 687/97.-
Articulo 5º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los diecisiete días del mes de abril de mil novecientos noventa y siete.-