Ceres, 23 de mayo de 1997.-

VISTO:

El Derecho de Registro e Inspección previsto en Ordenanza Nº 320/85, y

CONSIDERANDO:

Que el Municipio celebró Convenio con los Bancos locales para la recaudación de impuestos y contribución por mejoras.
Que actualmente los Bancos prestan el servicio de débito automático a sus clientes.
Que muchos de esos clientes son contribuyentes del Derecho de Registro e Inspección.
Que sería conveniente a los intereses del Municipio, poder alcanzar la boleta de liquidación mensual directamente al Banco para que acredite el monto liquidado en la cuenta del Municipio.
Que esto permitiría contar con un ingreso mensual fijo en tiempo y forma prestando además, un servicio diferencial a cada contribuyente.
Que para poder implementar dicho sistema, es menester contar con otra mecánica de liquidación.
Que incluso, el art. 7 de la Ordenanza Nº 320/85, establece la determinación mensual del Derecho y deja abierta la posibilidad para otras alternativas.

POR LO QUE:

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Para aquellos contribuyentes que acepten el sistema de débito automático bancario, fíjase la liquidación anual con 11 (once) anticipos del Derecho de Registro e Inspección.

ARTÍCULO 2º) Tómase como base para la liquidación de cada anticipo, el monto de ventas mensuales que en promedio, se registraron el año anterior.

ARTÍCULO 3º) Establécese que el mínimo de cada anticipo, como el saldo final de la DDJJ anual, no puede ser inferior al establecido para la autoliquidación del gravamen, por parte del contribuyente.

ARTÍCULO 4º) Para el caso en que la DDJJ anual arroje un saldo a favor del contribuyente, será utilizado para descontarlos de los anticipos del año siguiente.

ARTÍCULO 5º) Téngase como fechas de vencimientos de los anticipos y del saldo de la DDJJ anual, la misma que se establezca para las DDJJ mensuales de autoliquidación.

ARTÍCULO 6º) Elévese al Departamento Ejecutivo municipal, regístrese, comuníquese, y oportunamente archívese.

Dada en Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.-

Por bruno

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