CERES, 13 de abril de 2020.-

VISTO:

                La necesidad de simplificar los trámites respectivos, a los fines de suscribir con la Dirección Provincial de Vialidad, convenios que tengan como objetivo, la ejecución de trabajos de Conservación, Desmalezado, Obras Complementarias de la Red Vial Provincial y/o Reparación de Equipos Viales de Titularidad de la D.P.V., y

CONSIDERANDO:

                               Que resulta necesario, a tenor del principio de inmediatez, la delegación de ejecución de los trabajos sobre la red vial provincial.

                               Que ello redundará, en una mejora en el servicio de las vías comunicacionales, y de esta manera generar una mayor fluidez en la circulación del tránsito que permita el normal desarrollo del sistema productivo y usuarios en general de la región.

                               Para ello se hace necesario y conveniente, que este Honorable Concejo Municipal, otorgue facultades a la Sra. Intendente Municipal, para que la represente y realice todos los actos necesarios para el fiel cumplimiento del objeto que la DPV pretende delegar; asítambién, autorizar a percibir los importes derivados de las certificaciones respectivas por los trabajos realizados.

                               Que ante las obligaciones que asume el Órgano Municipal, mediante la suscripción de los respectivos convenios, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a esta Municipalidad, en caso que fuera necesario resarcir por Daños y perjuicios que pudieran suscitarse.

                               Que, sin perjuicio, de las facultades otorgadas a todos los efectos a la Sra. Intendente Municipal, en pos de dar celeridad y continuidad a las gestiones administrativas con la D.P.V.; y, ante la ausencia de la máxima autoridad municipal, resulta necesario delegar en la persona del Sr. Secretario General, Hacienda y Finanzas la suscripción de los certificados correspondientes por trabajos realizados.

                               Que evaluados los beneficios; que traerá aparejado la concreción de los trabajos sobre la red vial, la producción, los usuarios y el interés público.    

POR LO QUE:

                               El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Facúltese a la Señora Intendente de la Municipalidad de Ceres, a realizar todos los actos necesarios para la instrumentación del o los convenios, y sus respectivas prorrogas y/o sus derivaciones con la Dirección Provincial de Vialidad, en cumplimiento de la ejecución de los trabajos de Conservación, Obras Complementarias de la Red Vial Provincial y/o Reparación de Equipos Viales de Titularidad de la DPV, según el plan a establecerse de común acuerdo entre partes; y a la suscripción y percepción de los montos de certificaciones como contraprestación de los trabajos realizados.

ARTICULO 2°) Autorizar al Sr. Secretario General, Hacienda y Finanzas C.P. Miguel Ángel Andrada – D.N.I. N° 29.149.462 y/o a quien la Sra. Intendente Municipal designe, a suscribir las respectivas certificaciones por los trabajos realizados.

ARTÍCULO 3°) Autorizase a la Dirección Provincial de Vialidad a utilizar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad, en caso de que fuera necesario resarcirse por daños y perjuicios que le pudiere ocasionar.

ARTÍCULO 4°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

                Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los NUEVE días del mes de ABRIL de dos mil VEINTE. –