Ceres, 1º de Setiembre de 1997.-
VISTO:
La solicitud efectuada por la Dirección y Asociación Cooperadora de la Escuela de Enseñanza Media Nº 418 de nuestra ciudad, en relación a la donación de un predio ubicado en Avda. Maipú esquina San Martín. Y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza 587/94 fue aprobada la donación del inmueble solicitado, a la Asociación Cooperadora de la Escuela de Enseñanza Media Nº 418 de Ceres.
Que nunca fue concretada la traslación de dominio de la Municipalidad a la mencionada Cooperadora.
Que actualmente la Escuela será beneficiada con la construcción por parte del Estado Provincial de un nuevo edificio.
Que para agilizar dicha tramitación es oportuno reconsiderar la Ordenanza Nº 587/94 y realizar la donación con cargo al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
POR LO QUE:
El HONORABLE Concejo MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE Ceres, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º) Déjase sin efecto la Ordenanza Nº 587/94 en todos sus términos
ARTICULO 2º) Apruébase la donación del inmueble ubicado en Avda. Maipú esquina San Martín, parte Sureste de la Manzana 8, Quinta 20, Sección II, de una superficie de 1.417,50 m2, Plano de mensura Nº 122619, de nuestra ciudad, al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe.
ARTICULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintiocho días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete.-