Ceres, 11 de diciembre de 1997.-
VISTO:
La tramitación iniciada ante la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de 20 viviendas, que obra en la actuación Nº 15201-0022517-6.
CONSIDERANDO:
Que es necesario contar, previa a la aprobación del trámite con la presentación de Estudio de Suelo del terreno afectado a la construcción de las viviendas.
Que según informes técnicos y referencias de construcciones aledañas, los terrenos afectados a la obra no presentan inconvenientes que impliquen la previsión de fundaciones especiales.
POR LO QUE:
EL HONORABLE Concejo MUNICIPAL DE Ceres, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona a siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Asumir la responsabilidad y los eventuales costos que fueran originados por los rubros Movimientos de Suelos y Fundaciones no previstos en el Presupuesto, en el terreno destinado a la mencionada obra a raíz de la construcción de las viviendas.
ARTÍCULO 2º) Elévese al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a sus efectos. Comuníquese al Organismo pertinente, regístrese en el Libro de Ordenanzas y archívese.
Dada en la sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete.-