En la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil veintiuno, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, ubicado en Calle Av. Tristán Malbran N°75, los integrantes de dicho cuerpo, encontrándose todos los miembros que lo conforman presentes. Siendo las 08:53 horas, el Concejal Pablo A. Fiore, asume la Presidencia del Cuerpo y declara abierta la Sesión Ordinaria, procediéndose al tratamiento de los temas del Orden del Día.

SESIÓN ORDINARIA – ORDEN DEL DÍA N              ro. 1385:

  1. Aprobación y firma Acta N°1384
  2. Correspondencia Recibida.
  3. Bloque PJ – Proyecto de Ordenanza –  Autorización aceptación donación lote Mirian Chiera (para continuación calles Mitre, Alberti y Castelli).
  4. DEM – Proyecto de Ordenanza – Departamento Municipal de la Vivienda.
  5. Bloque PJ – Proyecto de Ordenanza – Reciclado Aceites Minerales.
  6. Bloque PJ: Proyecto de Ordenanza – Modificación Ordenanza N°1301.
  7. Bloque FPCyS – Proyecto de Declaración – Turnos ANSES Ceres.
  8. Bloque PJ– Proyecto de Minuta de Comunicación – Prorroga adhesión Moratoria Tributaria.
  9. Bloque Vecinal – Proyecto de Declaración – 50° Fiesta Nacional del Zapallo CCAO.

PUNTO 1) Se somete a votación Acta anterior, la que es aprobada por unanimidad, sin observaciones.

PUNTO 2) A continuación, se da lectura a la correspondencia recibida:

  • CLUB CENTRAL ARGENTINO OLÍMPICO: Invitación 50 Fiesta del Zapallo.

El Pte.Dice estamos invitados formalmente e institucionalmente, asi que el que quiera asistir o pueda asistir, el sábado, este sábado a las 16 horas, buenotambién hay un proyecto de declaración.

PUNTO 3) Bloque PJ – Proyecto de Ordenanza –  Autorización aceptación donación lote Mirian Chiera (para continuación calles Mitre, Alberti y Castelli). El mismo dice lo siguiente: “VISTO: La solicitud de apertura de calle y el ofrecimiento de donación realizado por la Señora Miriam Chiera de Affaticati, DNI 20.947.050, presentado mediante nota de fecha 12/3/2021 dirigida a este Honorable Concejo Municipal, y CONSIDERANDO: Que este Honorable Concejo Municipal ha elevado la nota antes mencionada para poner en conocimiento al Departamento Ejecutivo Municipal. Que la Señora Miriam Chiera de Affaticati, en carácter de cesionaria, ha solicitado al Departamento Ejecutivo Municipal y a este Honorable Concejo Municipal, mediante nota, la apertura de la continuación de la calle Castelli, que cruza por su terreno. Que el ofrecimiento realizado por la Señora Miriam Chiera de Affaticati, consiste en la donación de una fracción de terreno que es parte de un inmueble identificado según Partida Inmobiliaria N°07-01-00-033357/0000 y Tasa General de Inmueble Catastro 1-10-01685/8-P.I.I. 33357/0000, ubicado entre las calles Mitre, Altamirano y Bv. López. Que luego de practicar la Mensura del mismo, por la Agrimensora Marisel María Fornero, ICO.P.A. 01-0130, resultan 2 (dos) “Lotes”, los cuales darán continuación a las Calles Mitre, Castelli y Alberti. Que dicho inmueble se registra en el Municipio a nombre de CEJAS PABLO F. Y OT., según certificado N°01685/8, y la Señora Miriam Chiera de Affaticati, realiza el ofrecimiento en su carácter de titular, como cesionaria onerosa de derechos y acciones de la propiedad de SANTOS HUGO CEJAS y MIRTA HAYDE CEJAS, para lo cual adjunta documentación probatoria del acto. Que este Honorable Concejo Municipal, entiende que es prioritario la apertura de dichas calles, las que sin duda permitirán futuros loteos de los terrenos lindantes, inclusive el de propiedad de la donante. Que este Cuerpo Legislativo, entiende que, aceptar el bien donado por la Señora Miriam Chiera de Affaticati, contribuirá a la normalización de una calle que en la actualidad no está habilitada. Que, por otro lado, corresponde que se regularicen en los registros municipales, los datos correspondientes a la propiedad. POR LO QUE: El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTÍCULO 1°) Aceptase la donación ofrecida por la Señora Miriam Chiera de Affaticati, DNI 20.947.050, consistente en una fracción de terreno que es parte de un inmueble identificado según Partida Inmobiliaria N°07-01-00-033357/0000 y Tasa General de Inmueble Catastro 1-10-01685/8-P.I.I. 33357/0000, que luego de practicar la Mensura del mismo, por la Agrimensora Marisel María Fornero, ICO.P.A. 01-0130, resultan 2 (dos) “Lotes”, los cuales darán continuación a las Calles Mitre, Castelli y Alberti. ARTÍCULO 2°) Regístrese el debido cambio de titularidad, de oficio, en los registros municipales y/o provinciales, de acuerdo a la documentación obrante. ARTÍCULO 3°) Procédase a la apertura de la calle antes citada, para dar continuación al tránsito correspondiente y accesibilidad a futuros loteos del inmueble antes citado. ARTÍCULO 4°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.”

El Pte. dice bueno, esto ha sido puesto ya en estudio, en consideración, se ha comisionado, inclusive hemos tenido también la solicitud por parte del Ejecutivo para que le demos curso a este proyecto de ordenanza para poder hacer la apertura y continuidad de estas calles. No sé si alguien quiere hacer algún comentario o alguna observación.

Se somete a votación el proyecto de ordenanza.

Se aprueba por unanimidad.

PUNTO 4)DEM – Proyecto de Ordenanza – Departamento Municipal de la Vivienda. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: La Constitución Nacional en su Artículo 14 bis, las facultades que le otorga la Ley Orgánica de las Municipalidades N°2756, Art. 39, Inc. 51, la actual situación de falta de acceso a la vivienda digna de cientos de familias de Ceres, yCONSIDERANDO: Que cientos de familias de nuestra ciudad no acceden a una vivienda digna, por carencia de recursos económicos, por la imposibilidad de acceder a medios de pagos acordes a sus ingresos, y/o por la inaccesibilidad a créditos hipotecarios, hoy se encuentran sin gozar de un derecho fundamental contemplado por el Artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional.Que actualmente se encuentran inscriptos en el Registro Digital de Acceso a la Vivienda de la Provincia de Santa Fe 988 (novecientas ochenta y ocho) familias Ceresinas, de las cuales solo poseen lotes propios 85 (ochenta y cinco) de ellas.Que el déficit habitacional ha alcanzado niveles de “emergencia” debido al crecimiento vegetativo y a las escasas soluciones habitacionales que llegaron del ámbito nacional y/o provincial en los últimos años, por lo mismo, la problemática antes mencionada debe ser abordada a través de Políticas de Estado, planteando soluciones concretas y directas a la población. Que este déficit agrava la situación de muchas familias de nuestra ciudad, las cuales tienen que pagar altos costos sociales por el hacinamiento habitacional al ocupar más de una familia una vivienda; y económicos por el cobro de alquileres a altos precios sin alcanzar óptimas condiciones de vivienda. Que esta población señalada, representa a los sectores más vulnerables dentro de la Ciudad, que hoy habitan viviendas precarias con piso de tierra, paredes de cartón, madera o nailon, techos que se llueven, y que necesitan una política específica donde la urgencia y la flexibilidad por parte del Estado sean sus componentes principales.Que la situación de emergencia habitacional se evidencia no solo en el hacinamiento, sino también en la calidad de la construcción de las viviendas, caracterizadas por poseer techos o paredes de chapa de metal, fibrocemento, cartón o plástico, vivienda con materiales no resistentes ni solidos o de desecho. Como así también, en la falta de acceso a servicios básicos como agua potable y energía eléctrica, conexión de cloacas y existencia de baños letrinas; en asentamientos emergentes irregulares, muchos de ellos localizados en zonas de riesgo.Que la “Declaración de Emergencia Habitacional”, la puesta en marcha del “Departamento Municipal de la Vivienda” y del “Programa Permanente de Mejoras Habitacionales para Familias Vulnerables” serian señales claras de parte del Municipio hacia la sociedad de que se está abordando el tema de manera prioritaria entre las incontables urgencias por las que se está atravesando, trayendo tranquilidad a las vecinas y vecinos de Ceres que ven con preocupación lo que viene sucediendo.Que resulta necesario establecer un marco de trabajo y de consulta permanente que fortalezca todas las acciones que se están llevando adelante desde distintas reparticiones del Municipio, hacia las familias de nuestra ciudad, cuyo objetivo principal sea unificar y canalizar de manera efectiva, transparente y planificada todo lo relacionado al tema en cuestión.POR LO QUE:El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z AARTÍCULO 1°) Declárese la EMERGENCIA HABITACIONAL en el ámbito de la Ciudad de Ceres, por el plazo de un año, con posibilidad de prórroga del Departamento Ejecutivo Municipal.ARTÍCULO 2°) Créase el Departamento Municipal de la Vivienda en el ámbito de la Secretaría de Gobierno, dentro de la Subsecretaría de Desarrollo Local.ARTÍCULO 3°) Funciones. Serán funciones del Departamento creado en el artículo precedente, las tareas relacionadas con el fomento e implementación de nuevos planes de vivienda y la coordinación de acciones con las áreas que abordan esta temática del Gobierno Provincial y Nacional.ARTÍCULO 4°) Crease el Registro Voluntario de solicitudes de vivienda o soluciones habitacionales en el ámbito del Departamento creado en el Art. N°2, donde constarán las situaciones individuales de los grupos familiares suscriptos con el fin de ordenar las prioridades referentes al tema de vivienda.ARTÍCULO 5°) Crease el “Programa Permanente de Mejoras Habitacionales para Familias Vulnerables” en el ámbito y bajo dependencia directa de la Secretaría de Gobierno, cuyo objetivo consistirá en la ejecución de mejoras habitacionales que sirvan de paliativo inmediato a la situación de emergencia habitacional y favorezcan la realización de obras posteriores; mediante la construcción con materiales durables y apropiados para las condiciones ambientales y socio sanitarias existentes, elaborando proyectos de mejoras que guarden equidad económica y de impacto entre los beneficiarios. ARTÍCULO 6°) El “Programa Permanente de Mejoras Habitacionales para Familias Vulnerables” estará destinado a quienes cumplan con los siguientes requisitos: Manifestar la necesidad de acceder al beneficio, mediante formulario diseñado a tal fin. Demuestren mediante un informe socio ambiental realizado por la Secretaría de Desarrollo Humano junto con el Departamento Municipal de la Vivienda la existencia de condiciones habitacionales precarias (viviendas tipo “casilla” o “rancho”), de hacinamiento y una situación socio económica que les impida resolverla por medios propios. No sean beneficiarios de otros planes o programas de vivienda a nivel nacional, provincial o municipal. Acrediten cinco años de residencia en la Ciudad de Ceres, en una vivienda única y permanente. Sean argentinos o nacionalizados. Cumplan con el calendario de vacunación, control pediátrico y escolarización de los menores a cargo. ARTÍCULO 7°) El Departamento Ejecutivo dispondrá la creación de las partidas presupuestarias destinadas al Departamento Municipal de la Vivienda y a la ejecución del “Programa Permanente de Mejoras Habitacionales para Familias Vulnerables”. ARTÍCULO 8°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.”

El C. Uberti pide la palabra. Bueno la verdad que esto fue algo que se ha tratado ya en comisión, entró allá por marzo, lo cual me parece importante que el Municipio cuente con eso, pero yo voy a pedir que hagamos un paréntesis en el caso de que estamos hablando, estamos haciendo toda una perorata de la emergencia habitacional y todo eso, y tenemos un caso concreto de que tiene que dar un crédito el Banco Nación y el DEM no lo está solucionando, o sea, y no vemos ningún tipo de actitud hacia la solución del problema, entonces digo qué no está pasando, vamos a crear programas, vamos a crear comisiones, vamos a crear registros, pero cuando se nos presenta un caso concreto de algo que ya esta, que tiene el terreno y lo que necesita es una resolución del Ejecutivo de decirle que le autoriza a que hipoteque ese lote que le vendió el Municipio por Ordenanza, y que le autorice a que el Banco pueda hipotecar eso para el crédito de la construcción de la vivienda, y no lo estamos resolviendo hace un mes, hablemos en serio entonces, me parece que es una pérdida de tiempo. No sé, esa es mi postura, pero acompaño muchas de las cosas del proyecto.

La C. Guirado pide la palabra. en primera instancia recordar que uno de los primeros proyectos de ordenanza que presenté apenas asumí mi mandato como Concejal en el 2019, fue la creación de una oficina de la vivienda, porque a partir del compromiso asumido, al incursionar en este aspecto político a través de la recorrida de todos los barrios de nuestra ciudad, una de las grandes cosas que surgía obviamente tiene que ver con lo habitacional. Celebro que el Ejecutivo también haya visto las mismas prioridades, que se cree un departamento que tiene que ver con este aspecto, porque seguramente muchos de nosotros de los que estamos acá sentados tenemos a varios o muchos vecinos que se nos acercan a preguntar cuando llega un plan de vivienda, donde me puedo inscribir y donde estoy, fui a tal lado, fui al otro, me parece que centralizar en el Gobierno de la ciudad un lugar que pueda evacuar todas estas dudas, que pueda gestionar, porque mas allá de lo que se puede hacer a nivel local, si no creamos lazos o empezamos a construir relaciones con lo Provincial y lo Nacional, si no dejamos el circo mediático que solo alimenta el ego del poder político, no van a llegar soluciones a la ciudad de Ceres porque nadie se salva solo, necesitamos políticos con la cintura de dejar todos sus problemas, sus ambiciones, sus rencillas electorales, o lo que fuera, a parte y que empiece a pensar en la gente, y especialmente en los Ceresinos. No se puede gestionar si se vive planteando guerra o combate con otros políticos, y hay que convivir con todas las ideologías. Así que me parece importantísimo este proyecto, entiendo que a nivel presupuestario no están dadas las condiciones, porque estamos al final de este año, seguramente esto se pondrá en funcionamiento, en ejercicio, o en ejecución a partir del año que viene, y espero, pretendo, y les pido por favor, a quienes se encuentran hoy en el gobierno, que tengan la cintura para dejar lo mediático aparte y empezar a gestionar a nivel provincial y nacional como corresponde, porque hay muchísimo a nivel provincial y nacional, pero hay que tocar puertas, hay que bajarse del pony o del caballo, y hay que empezar a dejar los egos de lado, bajar los ánimos y empezar a gestionar como corresponde por el pueblo, porque se puede hacer mucho a nivel local, pero se puede hacer mucho más si construimos lazos y puentes con otros ámbitos que no siempre van a ser de la misma ideología política, y esto no implica que no podamos relacionarnos y que no llegue nada a la ciudad de Ceres. Así que pido por favor esto, y obviamente que voy a acompañar porque fue una idea que acompañé allá a finales del 2019, la creación de la oficina de empleo.

Se somete a votación el proyecto de ordenanza.

Se aprueba por unanimidad.

PUNTO 5)Bloque PJ – Proyecto de Ordenanza – Reciclado Aceites Minerales. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: Que no existe una Ordenanza Municipal sobre la manipulación y disposición final de los aceites minerales usados, también denominados aceites de motor, máquinas o quemados, yCONSIDERANDO: Que, en nuestra Constitución Nacional, en el artículo 41°, se prescribe el derecho de todos los habitantes de la Nación a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano con su correlativo deber de preservarlo. Que la preocupación central de la política ambiental es la calidad de vida de la gente, fundada en medidas apropiadas de conservación y protección del medio ambiente. Que siendo los privados un motor Importante en el proceso productivo, los mismos deben utilizar las mejores tecnologías disponibles y las mejores prácticas ambientales a los efectos, de evitar problemas ambientales. Que la estrecha relación entre ambiente, calidad de vida y desarrollo productivo obliga a armonizar las políticas ambientales con las políticas económicas y sociales. Que, al depender, los abastecimientos de agua potable de la calidad del agua, se hace necesario salvaguardar las aguas superficiales y subterráneas mediante prácticas cuidadosas y conservacionistas.  Que la Ley N° 24.051 en su Anexo 1, en el que se enumeran las categorías de residuos peligrosos sometidas a control; contempla los desechos de aceites minerales no aptos para el uso a que estaban destinados a la que denomina Y8; y las mezclas y emulsiones de desecho de aceite y agua o de hidrocarburos y agua, a la que menciona como Y9 Que la Legislatura de la Provincia de Santa Fe sanciona la Ley N° 11717, en torno al medio ambiente y desarrollo sustentable. Que el Decreto N° 1844/02 de la Provincia de Santa Fe, establece consideraciones y articula en torno a residuos peligrosos, generadores, manipulación, y disposición final, entre otras.POR LO QUE:El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente:O R D E N A N Z AARTÍCULO 1°) Entiéndase por aceites minerales usados, a todo aquél residuo de aceite lubricante que ha cumplido su función de uso en motores, máquinas y sistemas donde se requiere lubricación. También respondiendo a las siglas de AMU’s. Quedan excluidas todo tipo de grasas. ARTÍCULO 2°) Prohíbase la disposición final y vuelco de aceites minerales usados en terrenos, canales pluviales, cloacas, pozos ciegos, lagunas, calles, enterramientos y sitios no establecidos para esa finalidad. ARTÍCULO 3°) Queda totalmente prohibido mezclar los aceites minerales usados con aceites vegetales usados (denominados AVU’s). ARTÍCULO 4°) Son generadores todas aquellas personas, empresas, industrias y demás entidades que manipulen estos aceites en sus procesos o servicios. ARTÍCULO 5°) Créese un registro municipal de generadores de AMU’s, al cual los mismos deberán inscribirse en forma obligatoria. ARTÍCULO 6°) Los generadores deberán disponer transitoriamente los aceites usados en contenedores herméticos acordes a las propiedades del fluido, evitando todo tipo de pérdidas, fugas o derrames. ARTÍCULO 7°) El lugar de estiba de los contenedores debe ser acorde, de tal forma de evitar la contaminación al medio ambiente, sea en suelo, agua y aire (pudiéndose construir endicamientos de capacidad acorde). Y de preservar la integridad física de la población. ARTÍCULO 8°) Solo podrán hacer los retiros y transportes de los aceites minerales usados aquellas empresas habilitadas en la provincia, tanto para recolección como para transporte. ARTÍCULO 9°) Las empresas encargadas de la recolección deberá obtener, previamente, la autorización municipal correspondiente. ARTÍCULO 10°) Créese el registro de empresas habilitadas para la recolección de AMU’s. ARTÍCULO 11°) En el plazo de 6 (seis) meses, los generadores deberán inscribirse en el registro provincial de manipulación de residuos peligrosos, con el acompañamiento en todo el proceso por parte del municipio local. ARTÍCULO 12°) Una vez completada la operación de recolección, la empresa deberá entregar en forma obligatoria los certificados o constancias correspondientes de destrucción o disposición final, el cual deberá ser exigido por los generadores. ARTÍCULO 13°) La empresa podrá o no establecer una remuneración por los residuos, en la única forma directa con los generadores, considerándose que se le dará disposición final segura a un residuo peligroso. ARTÍCULO 14°) La Municipalidad de Ceres tendrá la facultad y autoridad para controlar la manipulación de los generadores y empresas recolectoras de los aceites minerales usados, velando el cumplimiento de la presente norma y aplicando multas que oscilarán entre las 10 y 100 UCM, dependiendo de la gravedad de la situación. Solicitando a las empresas toda la documentación que acredite y certifique la recolección, manipulación y destrucción del residuo en forma segura. ARTÍCULO 15°) La Municipalidad de Ceres, a través de la Coordinación de Medio Ambiente o de quién disponga, actuará como vínculo entre la empresa y generadores, cuando así ambos lo requieran. ARTÍCULO 16°) El Órgano de aplicación de la presente Ordenanza será el Juzgado de Faltas.ARTÍCULO 17°) Se libera de toda responsabilidad a la Municipalidad de Ceres por convenios establecidos entre generadores y empresas recolectoras. ARTÍCULO 18°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.”

El C. Maza pide cuarto intermedio. Finalizado el mismo, se da continuidad a la Sesión.

El Pte. toma la palabra. luego de un cuarto intermedio, nos disponemos nuevamente en sesión. En dicho cuarto intermedio hemos estado deliberando unos artículos del proyecto de ordenanza respecto de aceites minerales usados.

Se da lectura a las modificaciones:

El Pte. dice esas son las modificaciones que se hicieron al proyecto de ordenanza en cuestión. Bueno si no hay alguna observación mas se somete a votación.

Se somete a votación el proyecto de ordenanza.

Se aprueba por unanimidad.

PUNTO 6)Bloque PJ: Proyecto de Ordenanza – Modificación Ordenanza N°1301.

Se da ingreso al proyecto de ordenanza, pasa a estudio en comisión.

PUNTO 7) Bloque FPCyS – Proyecto de Declaración – Turnos ANSES Ceres. El mismo dice lo siguiente: “VISTO:Los frecuentes reclamos que recibimos diariamente tanto funcionarios legislativos como ejecutivos de nuestra ciudad en cuanto a la realización de trámites en ANSES delegación Ceres yCONSIDERANDO:Que dichos reclamos se refieren siempre a una misma problemática, que es la obtención de turnos en la delegación de la oficina de ANSES Ceres.Que los vecinos que realizan los reclamos expresan que es muy difícil conseguir turnos para la realización de trámites en esta delegación mencionada, y que, si tienen la suerte de conseguir alguno, los mismos son derivados a la UDAI de Rafaela. Que la delegación de Ceres además nuclea no solo a nuestra ciudad sino a toda la zona de influencia por lo que es mucha la gente que se ve imposibilitada de realizar los trámites correspondientes, o bien tiene que trasladarse hasta la ciudad de Rafaela con el costo e inconvenientes que esto genera. Que este inconveniente se produce a causa de que, debido a la pandemia por COVID 19, se limitaron la cantidad de turnos que se ofrecen diariamente.Que como es de público conocimiento, el impacto de los contagios ha disminuido drásticamente en los últimos meses, lo que llevo a flexibilizar muchas actividades por parte del gobierno nacional.POR LO QUE:EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente:DECLARACIÓN Artículo 1°: Solicítese a la delegación Ceres de ANSES a realizar los trámites pertinentes para incrementar la cantidad de turnos otorgados a fin de mejorar la atención en esta delegación. Artículo 2°: Solicítese en forma urgente la UDAI Rafaela a autorizar a la delegación Ceres de ANSES a la ampliación de turnos otorgados por la misma. Artículo 3°: Elévese copia a la delegación de ANSES Ceres a cargo de Delfina Bracamonte y a la UDAI Rafaela a cargo de la Gerente Ofelia Lentore.Artículo 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.”

El C. Maza pide la palabra. solamente para aclarar un poquito. Esto surge no solamente de los reclamos de los vecinos hacia nuestro bloque, y hacia mi persona, sino después de haber realizado alguna reunión con la gente de la  Secretaría de Desarrollo Humano de la ciudad, donde corroboraban esto que comentaba la gente que es muy difícil conseguir los turnos en la delegación de ANSES de Ceres, y si lo consiguen, como lo dice la declaración, los mandan a Rafaela con todos los costos que esto conlleva, el inconveniente que genera para cada vecino, nos comentaban que están costeando los viajes, y eso también demanda mucho dinero por parte del Municipio. Es simplemente un pedido, y que sea lo mas pronto posible, a Rafaela y a la Sede de Ceres que puede hacer las gestiones pertinentes para que se amplíe la cantidad de turnos que se otorgan, así de este modo se puede ampliar la cantidad de turnos y de atención que se puede dar, y mejorar la demanda que está planteando el vecino, simplemente eso.

El C. Uberti pide la palabra. ANSES al igual que PAMI son dos organismos a nivel nacional que por ahí la disposiciones que se toman son lo mismo para cada localidad del País, o sea que estamos hablando que es lo mismo para una ciudad como Buenos Aires y una ciudad como Ceres, yo creo que el inconveniente que se está planteando hay que acompañarlo está bien, en poder ampliar, pero hoy básicamente lo que ANSES está queriendo es que los turnos se hagan, todas las gestiones, se hagan vía virtual, está la posibilidad, está la página, por eso invito a ustedes, e invito a que lo comuniquen al DEM, que por ahí tiene toda la estructura para montar eso como una oficina, de hacer esos trámites, porque se pueden hacer, están la jubilación, la pensión, hay distintas tramitaciones de ANSES, por ahí no hace falta pedir un turno sino directamente en la página y en el turno virtual. Pero bueno, acompañemos esto a ver si aumenta un poquitito más el tema de los turnos.

Se somete a votación el proyecto de declaración.

Se aprueba por unanimidad.

PUNTO 8) Bloque PJ– Proyecto de Minuta de Comunicación – Prorroga adhesión Moratoria Tributaria. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: El pedido de muchos contribuyentes que aún no han podido acogerse al Plan Especial de Pagos, según Ordenanza N°1721/2021, y CONSIDERANDO: Que dicha moratoria ha sido útil para la regularización de las tasas. Que muchas actividades comerciales se han visto afectada por la pandemia. Que con la constante bajada de casos de personas con COVID y el aumento de personas vacunadas, comienzan a normalizarse muchas de estas actividades. Que eso hace tener un horizonte más claro para tomar un compromiso de pago. POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente: MINUTA DE COMUNICACIÓN1°) Solicítese al DEM la prórroga del Plan Especial de Pagos, normado por la Ordenanza N°1721/2021.2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.

El C. Uberti pide la palabra. Bueno esta minuta un poco la impulsé, lo hablamos con Pablo, y la traje el otro día a comisión para que un poco la charlemos entre todos, y todas, Señora Concejal, porque bueno, a través de los reclamos que se reciben, y como después la decisión tiene que estar desde el Ejecutivo, me parecía importante por ahí tener un previo conocimiento de cuál era la postura del Ejecutivo, porque por lo que entendí el otro día charlando en comisión también les han llegado reclamos, entonces también me parecía pertinente ampliar para que la gente pueda acogerse a la moratoria.

La C. Guirado pide la palabra. gracias Sr. Pte. Sí, también surgió esta minuta de comunicación, socializamos entre todos los ediles debido a lo que habían sido las declaraciones del Secretario de Hacienda en su momento a través de los diferentes medios de comunicación, donde obviamente el periodista que también recibe los reclamos o las demandas de la sociedad, le consultaba si había posibilidad de prórroga o no, en ese momento el Secretario de Hacienda había manifestado que no había posibilidad de prórroga, no obstante, por esa razón el Concejo, a través de la representación ciudadana que tiene, impulsa la necesidad que plantea la población de esta prórroga que está contemplada como bien lo manifestaba el Edil que me antecedió, en la Ordenanza 1721/21, como una posibilidad en el caso que el Ejecutivo así lo determine o lo entienda, por esa razón el Concejo también lo solicita en la representación que tiene de todos los ciudadanos.

Se somete a votación el proyecto de minuta de comunicación.

Se aprueba por unanimidad.

PUNTO 9) Bloque Vecinal – Proyecto de Declaración – 50° Fiesta Nacional del Zapallo CCAO. El mismo dice lo siguiente: “VISTO:La realización de 50° Edición de la Fiesta Nacional del Zapallo, a celebrarse los días 2 y 3 de octubre de 2021 en las instalaciones del Club Central Argentino Olímpico, yCONSIDERANDO:Que se trata de una festividad que nos representa e identifica como comunidad a nivel nacionalQue nuestra ciudad debe su nombre a la Diosa de la Agricultura, Ceres, representando la principal actividad económica de nuestra región, la agricultura, que, hasta hace un par de años atrás se destacó por la vasta producción de diferentes tipos de zapallos. Que la convocante Fiesta Nacional del Zapallo forma parte del patrimonio cultural histórico de nuestra ciudad albergando también la Muestra interprovincial empresarial, comercial, de micro emprendedores, artesanos y de Ganadería. Que la Fiesta Nacional del Zapallo desde hace 50 años es una de las fechas más esperadas por Ceresinos y vecinos de localidades cercanas para disfrutar del encuentro de familias y amigos en torno a espectáculos y exposiciones. Que en estos 50 años la Fiesta Nacional del Zapallo pudo surfear las vicisitudes que planteó nuestro país en cada momento histórico, enarbolando la tenacidad del pueblo ceresino para sostener nuestra única Fiesta Nacional. Que en estos 50 años sería mezquino nombrar personas porque fue y es el conjunto de personas aunados detrás de los sueños de un club grande, pujante, progresista, ambicioso y campeón que ha forjado al gran Club Central Argentino Olímpico, institución anfitriona de la Fiesta Nacional del Zapallo. Que cada socio, cada directivo, cada expositor, cada artista, cada ceresino que forma parte de la gran familia aurinegra es artífice de haber llegado a las 50 ediciones de la Fiesta Nacional del Zapallo, orgullo de todos y cada uno de los Ceresinos. Que es nuestra función destacar el rol de las instituciones intermedias que con mucho esfuerzo trabajan incansablemente por fortalecer a nuestra sociedad desde los diferentes ámbitos.POR LO QUE:EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente:DECLARACIÓN Artículo 1°: Se declara de Interés Municipal la 50° Edición de la Fiesta Nacional del Zapallo del Club Central Argentino Olímpico, a celebrarse los días 2 y 3 de octubre de 2021, y se convoca a toda la comunidad a participar de los festejos.Artículo 2°: Elévese copia a las autoridades del Club Central Argentino Olímpico de Ceres.”

La C. Guirado pide la palabra. en primera instancia, para hacer una moción de corrección, donde habla, redunda la palabra función, se puede colocar rol, en el último párrafo que antecede al por lo que. Por otro lado, esto simplemente es una cuestión de resaltar y destacar la función que tienen las instituciones intermedias, pasan por diferentes situaciones en los avatares de la historia argentina, y aun así el conjunto de personas que la forman, que van cambiando, pero que siempre la sostienen, logran llevar adelante este tipo de celebraciones, de festividades, que tienen que ver con nuestra identidad y con nuestra cultura. Así que era simplemente plasmar lo que es el sentir de todo el Concejo Municipal, fui la encargada de redactar, pero la realidad es que es la declaración es de todo el Concejo Municipal para acompañar esta fiesta que es nuestra, que es ceresina y que es nacional.

Se somete a votación el proyecto de declaracion.

Se aprueba por unanimidad.

                No siendo para más, se da por finalizada la Sesión, siendo las 09:34horas.