En la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de octubre de dos mil veintiuno, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, ubicado en Calle Av. Tristán Malbran N°75, los integrantes de dicho cuerpo, encontrándose todos los miembros que lo conforman presentes. Siendo las 10:13 horas, el Concejal Pablo A. Fiore, asume la Presidencia del Cuerpo y declara abierta la Sesión Ordinaria, procediéndose al tratamiento de los temas del Orden del Día.
SESIÓN ORDINARIA – ORDEN DEL DÍA N ro. 1386:
- Aprobación y firma Acta N°1385
- Correspondencia Recibida.
- Proyecto de Minuta de Comunicación – Presupuesto H.C.M. 2022.
- DEM – Proyecto de Ordenanza – Autorización para licitación siete lotes Municipales.
- WARMI 8M – Proyecto de Ordenanza – Cartelería de prevención sobre violencia de género en los espacios públicos de Ceres.
- Bloque FPCyS – Proyecto de Ordenanza – Obra de cordón-cuneta y ripio en barrio residencial América.
- Bloque Juntos por el Cambio – Proyecto de Minuta de Comunicación – Colocación e instalación de una estación solar en parque Leini.
PUNTO 1) Se somete a votación Acta anterior, la que es aprobada por unanimidad, sin observaciones.
PUNTO 2) A continuación, se da lectura a la correspondencia recibida:
- Secretaría de Desarrollo Humano:Invitación Jornada para la constitución del Consejo de Adultos Mayores.
El C. Maza pregunta cuándo es.
El Pte. dice es el viernes 15 a las 09:30 horas en Club de Planeadores. Después definimos en comisión en el transcurso de estos días quienes quieran asistir, pueden asistir todos los que quieran.
- ALAS Asociación Civil: Solicitud pedido de apertura calle en lote a disposición del Centro de Día Alas.
El Pte. dice está el plano de mensura donde delimita y marca la apertura de la calle.
El C. Uberti pide la palabra. Bueno esta nota, a la Presidenta ahí de la comisión de Alas le habían dicho que cuando ya esté todo dispuesto que se dirija al Concejo, por eso es que vino y que habló conmigo, hicimos la nota para presentarlo en este caso a Obras Públicas, que ya está todo hecho digamos la parte legal, está todo, lo que falta nomas es la predisposición, en este caso de Obras Públicas, para la apertura de la calle.
- Secretaría de Coordinación de Políticas Públicas – Dra. Luisina Giovannini: Invitación acto del Gobernador Omar Perotti a realizarse en las instalaciones del CACU, viernes 8 de octubre, a las 19 horas.
El Pte. dice bueno, estamos todos invitados a participar, quienes puedan, el viernes 8 de octubre a las 19 horas. Club Atlético Ceres Unión.
PUNTO 3) Proyecto de Minuta de Comunicación – Presupuesto H.C.M. 2022. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: Ley N° 2756. Dictamen N° 074 de la Secretaría de Fortalecimiento Institucional de la Provincia de Santa Fe. Ord. N° 1190/09. Resolución N° 55/93. Respuesta Minuta sobre sueldo Intendente y funcionarios, de fecha 06/09/2021, y CONSIDERANDO: Que el Dictamen N° 074 de la Secretaría de Fortalecimiento Institucional de la Provincia de Santa Fe sobre el Presupuesto del Concejo Municipal, en el párrafo que destina al Presupuesto del Municipio único, integral e integrado manifiesta que “conteniendo necesariamente una partida para afrontar los gastos de funcionamiento del HCM (art. 46 Ley 2756) que debió surgir de una propuesta que éste haya enviado previamente al DEM para su inclusión en el Proyecto de Presupuesto.” (Adjunto Dictamen N° 074) Que la Ley N° 2756 que rige el funcionamiento de los municipios y las comunas de todo el territorio provincial sobre las dietas de los Concejales en su art. N° 28 reza que “Las dietas de los concejales podrán ser fijadas por el Concejo Municipal con el voto de las dos terceras partes de todos sus miembros. La misma, en ningún caso, podrá superar la retribución que percibe el Intendente Municipal”. Que sobre el Presupuesto del Concejo Municipal pudimos advertir, además, que la Ord. N° 1190/09 en su Art. 1 deroga el Art. 3 de la Ord. N° 853/2003 que determinaba un límite del 2% para los gastos del Concejo Municipal de Ceres. Que a partir de la respuesta a la minuta sobre sueldo Intendente y funcionarios, de fecha 06/09/2021 accedimos a la información del monto que percibido como sueldo el Intendente y a partir de ahí pudimos dilucidar que no se estaba cumpliendo con la Resolución N° 55/93 que determina que los concejales cobrarán el 40% del sueldo bruto del intendente. (Adjunto Respuesta Minuta sobre sueldo Intendente y funcionarios, de fecha 06/09/2021 y Resolución N° 55/93. Que el Dictamen N° 074 de la Secretaría de Fortalecimiento Institucional de la Provincia de Santa Fe sobre las dietas de los Concejales y gastos de funcionamiento del cuerpo consigna que: “correspondería que sean establecidas por el propio HCM, en los términos del art. 28 de la Ley Orgánica de las Municipalidades N° 2756, pudiendo así mismo tener dentro de su estructura administrativa un área que realícela respectiva liquidación y pago de los haberes de los ediles… infiriéndose con claridad que la fijación de las dietas – por ende su disminución, descuento o suspensión – sería atribución del propio Concejo Municipal, en los términos del artículo 28 de la Ley 2756. Por lo que, cumpliendo con nuestra responsabilidad como concejales de Ceres, a través de esta Minuta hacemos efectivo el mandato del dictamen N° 74 enviado a continuación el Presupuesto 2022 del Concejo Municipal de Ceres, en tanto, además, solicitamos la visita al Concejo del Secretario de Hacienda de la ciudad de Ceres para dialogar sobre los temas vertidos en el presente documento. POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente: MINUTA DE COMUNICACIÓN 1°) Se envía formalmente al DEM el Presupuesto 2022 del Concejo Municipal de Ceres. 2°)Se solicita formalmente la inclusión del Presupuesto 2022 del Concejo Municipal de Ceres en el Proyecto de Presupuesto Integral 2022 de la Ciudad de Ceres. 3°) Se convoca al Secretario de Hacienda de la Ciudad de Ceres, CPN Miguel Andrada a una reunión de Comisión en el Concejo Municipal para dialogar sobre todos los temas expuestos en los considerandos del presente documento. 4°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.”
El Pte. le cede la palabra a la C. Guirado.
La C. Guirado toma la palabra. Gracias Sr. Pte., en primera instancia para hacer una moción de corrección en el primer párrafo de este proyecto de minuta de comunicación, pierde la coherencia al no existir un nexo en la tercera oración, y debería quedar redactado: “…integrado manifiesta que conteniendo…”. En primera instancia para adicionar eso y que tenga una coherencia el párrafo, y se entienda bien. Por otro lado, comentar, y que conste en Acta, que este es un tema que desde que empezamos, por lo menos los nuevos en el 2019, veníamos hablando respecto de la necesidad de tener un presupuesto propio que contemple todas las necesidades que tiene el Concejo Municipal como un ente autárquico, como un Poder diferente al Poder Ejecutivo, pero de la misma forma cogobierna, de manera conjunta, en la Municipalidad de Ceres. Por esta razón, a través de diferentes comisiones estuvimos debatiendo este tema, también se ha pedido un dictamen a Secretaría de Fortalecimiento Institucional de la Provincia de Santa Fe, un dictamen que llegara esta semana, y por lo mismo, la minuta de comunicación surge en este momento. En este dictamen obviamente se avala o se respalda el derecho que tiene el Concejo Municipal de ser tomado como un ente autárquico e independiente, de presentar antes que el DEM envíe el presupuesto general de gastos e ingresos de la ciudad de Ceres, de que el Concejo envíe su propio presupuesto para que sea contemplado en la partida del Concejo Municipal. Por esta razón, y por otros temas que también se vienen debatiendo y que tienen que ver con nuestro funcionamiento, con la necesidad que tenemos de eternizar la institución y de que se cumplan con las leyes, quienes hacemos las leyes precisamente, es que hacemos esta minuta de comunicación avalada por todos los Concejales.
El C. Maza pide la palabra. Nuestro Bloque acompaña todo lo expuesto por la C. Guirado anteriormente, compartimos totalmente su pensamiento, por eso esto es una minuta de comunicación que fue acordada por los Concejales en su conjunto, fue algo que yo siempre traté de lograr desde que estoy en el Concejo, antes cuando era oposición, y ahora oficialismo, me parece que debemos insistir con esto de la autarquía del Concejo Deliberante, más allá que después del 10 de diciembre yo no siga en el Concejo, es algo que debe continuar de acá en adelante como una forma de trabajo, una política de estado de que el Concejo Deliberante tiene que tener su autonomía, presupuesto propio, lo que va a ser muy importante para la democracia y para el funcionamiento de las instituciones acá en Ceres.
El C. Uberti pide la palabra. Sí , adhiero lo que han dicho los Concejales que me precedieron, y sumar también, y me alegra el otro día enterarme que el C. Lemos también hace averiguaciones en cuanto al funcionamiento de lo que es la Municipalidad de Rafaela, tenemos que espejarnos en ese tipo de localidades, Ceres está creciendo entonces me parece que tenemos que ir teniendo un Concejo acorde a cómo se maneja en esa Ciudad, es la manera de ir jerarquizando digamos la institución, mediante recursos, para mejorar lo que es la calidad edilicia, mejorar lo que es el pago del personal que trabaja, poder tener la parte de asesoramiento, tanto sea contable como legal, diferentes cosas que hacen al mejor funcionamiento del Concejo.
El Pte. pregunta si alguien más quiere hacer uso de la palabra.
Se somete a votación el proyecto de minuta de comunicación.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO 4)DEM – Proyecto de Ordenanza – Autorización para licitación siete lotes Municipales. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: La existencia de terrenos baldíos de propiedad privada Municipal, no afectados a servicios públicos o de interés comunitario, y los requerimientos de la población de adquirir inmuebles para la construcción de viviendas, y la escasa oferta disponible en el mercado, yCONSIDERANDO: Que existe la posibilidad actual del Municipio de disponer la venta de lotes baldíos urbanos de los cuales resulta titular registral, siendo que los mismos no se encuentran afectados al uso público y que, por su dispersa ubicación, medidas y superficies no son aptos para planes de viviendas sociales. Que tales terrenos obligan al Municipio a disponer de personal y maquinarias para su mantenimiento, desmalezado y control de plagas y malezas, con el consiguiente dispendio de personal y fondos municipales. Que tampoco permiten proyectar algún plan de viviendas de ningún tipo, para ningún sector social, ya que no constituyen un bloque de lotes unidos y próximos entre sí, que puedan ser utilizados a tales fines. El producido de la venta de inmuebles, permite el ingreso de dinero al Municipio, no sólo por el precio de venta, sino que se proyecta también con la incorporación de nuevos contribuyentes y desligando a la administración de la limpieza de los mismos, aumentando recaudación y reduciendo costos operativos. Paralelamente, permite a los beneficiarios el acceso a la vivienda, implicando ello la reactivación del mercado de la construcción y la generación de mano de obra local en la edificación de sus respectivas viviendas. Asimismo, con el producto de la venta de lotes el Estado Municipal podrá adquirir maquinarias y/o herramientas para el adecuado cumplimiento de los servicios generales que presta a la comunidad, como así también cumplir con las obligaciones contraídas con proveedores, deudas sindicales y remuneraciones debidas al personal. Que, en función del fin social perseguido, es menester fijar criterios y requisitos para tratar de beneficiar a ciudadanos que no posean otros inmuebles, pues se trata de lograr que aquellos que carecen de inmuebles para edificar puedan acceder a los mismos a un valor razonable y con un pequeño plazo de pago. Por tal motivo, solo se permitirá la venta de un inmueble por oferente. Que, con el objeto de concretar el objetivo social de acceso a la vivienda, y evitar que se traten de realizar eventuales negocios inmobiliarios; los lotes objeto de esta venta por licitación pública no podrán ser vendidos por sus titulares por el plazo de diez años. El Municipio, de ninguna manera, podrá suscribir escritura pública traslativa de dominio a terceros durante el plazo indicado. Tampoco tomará razón de cesiones de derechos y acciones emergentes del boleto de compraventa suscripto entre el beneficiario y terceros. Como forma de desalentar los hipotéticos negocios inmobiliarios, el Municipio deberá escriturar directamente a nombre de los beneficiarios o eventualmente a nombre de sus herederos, pero no de terceras personas. Que los lotes son vendidos en el estado que se encuentran, siendo a cargo del comprador cualquier tipo de mejoras y/o servicios y/o contribuciones que afecten al mismo. Que el Municipio deberá elaborar el pliego de bases y condiciones para la venta de los lotes, siguiendo los principios sentados en la presente Ordenanza. Que serán requisitos excluyentes para acceder a los lotes: No poseer bienes inmuebles ni el titular solicitante, ni su cónyuge o conviviente. No encontrarse inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios, ni de procesos concursales. POR LO QUE: El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTÍCULO 1°) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a la venta de 7 (siete) terrenos de propiedad de la Municipalidad de Ceres, identificados como LOTE 7 de la manzana 2, sección 2, identificado según T° 189l, F° 00708, N° 065975, año 1993; LOTE 22 de la manzana A, sección 2, identificado según T° 192P, F° 331, N° 39843, año 1995; LOTE 3 de la manzana 4, sección 1, identificado según T° 191I, F° 758, N° 78519, año 1994; LOTE 1 y 17 de la manzana B, sección 2, identificados según T° 193I, F° 00816, N° 095299, año 1995 y T° 194I, F° 00488, N° 055563, año 1995; LOTE 5 y 13 manzana D, de la sección segunda, identificados según T°193P, F° 936, N° 107198, año 1995 y T° 194I, F° 00217, N° 022631, año 1995. ARTÍCULO 2°) Disponese que los fondos provenientes (menos el 15% de los mismos, destinados para gastos de administración) de la venta aquí autorizada, serán imputados a la partida Recursos de Capital, subpartida Venta de Lotes, que deberá crearse a tal fin. Asimismo, los egresos originados por la aplicación de la presente, serán imputados a la partida Bienes de Capital, subpartida de Lotes. ARTÍCULO 3°) El producido de la venta de los lotes objeto de esta Ordenanza, será destinado de la siguiente manera: el 70% (setenta por ciento) para compra de bienes de capital, maquinarias y equipamientos; el 15% (quince por ciento) restante, destinado a obras de infraestructura pública en la zona comprendida por los lotes objeto de la venta. ARTÍCULO 4°) Destino y Construcción: Los lotes solo podrán ser destinados a construcción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente de los adquirientes, las cuales deberán estar construidas en un 70% del plano aprobado, al cabo de 5 (cinco) años. El incumplimiento de este requisito, dará lugar a que el Municipio considere el inmueble como terreno baldío, aplicando una sobretasa del 300% en la TGI (Tasa General de Inmuebles). ARTÍCULO 5°) La venta de dichos lotes de realizará en el estado que se encuentran, siendo a cargo de los compradores las mejoras, limpieza, servicios y/o contribuciones que afecten al lote. ARTÍCULO 6°) La venta se efectuará mediante licitación pública. A tal efecto, se realizarán publicaciones en los dos periódicos locales y otros medios de difusión que el Ejecutivo determine. ARTÍCULO 7°) Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, para establecer la fecha y hora, hasta la cual podrán presentarse las ofertas y la fecha y hora en que tendrá lugar la apertura de sobres en el palacio municipal. ARTÍCULO 8°) El Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, confeccionará el pliego que contenga las condiciones del llamado a licitación, respetando los principios establecidos en el considerando de la presente, fijando como base de precio la suma de pesos SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000) por los lotes 1-17-5 y 13. Para mantener el valor adquisitivo de dicho precio, en orden al plazo de pago otorgado a los adquirientes, y en salvaguarda de los intereses municipales, por los plazos del proceso licitatorio también, dicha suma de dinero es transformada al equivalente a la cantidad de $727,15 bolsa de portland (marca Loma Negra, conforme al precio de dicha bolsa en el mercado local). Consecuentemente, el valor que abonará el adquiriente al momento de sus respectivos vencimientos será el que resulte de los valores de la bolsa de portland al momento de efectivizar el pago. El precio de los lotes 3, 7 y 22 asciende a la suma de pesos UN MILLÓN ($1.000.000), equivalente a $969,54 bolsa de portland, y se tomará igual criterio que el fijado precedentemente a los fines del cálculo del importe de cada cuota o al momento del pago en efectivo si se adquiere en un solo pago. ARTÍCULO 9°) Adjudicada que sea la compra en la oferta que resulta más conveniente, y cancelado su saldo, se elevarán los antecedentes a la Escribanía Pública que designe cada adjudicatario a los fines del otorgamiento de la escritura pública a su favor. Los gastos de la misma y honorarios de la notaria, serán abonados por el comprador. ARTÍCULO 10°) Los oferentes deberán suscribir, como requisito obligatorio, una DECLARACIÓN JURADA de no poseer bienes inmuebles (ni el titular ni su cónyuge o conviviente) y no estar inscriptos en el registro de deudores alimentarios, o en estado de concurso o quiebra. ARTÍCULO 11°) El pago del precio podrá realizarse en un plazo de hasta TRES (3) cuotas mensuales y consecutivas. En caso de ofertas de pago de contado efectivo en una cuota, o en cualquier opción de plazo que presente el oferente, el importe en pesos del precio se determinará conforme los valores del precio de portland, en base al procedimiento previsto en la cláusula octava. El Municipio podrá evaluar, con criterio fundado, la mejor oferta en cuanto a sus intereses, priorizando las ofertas de contado en el marco del monto total ofrecido. ARTÍCULO 12°) En caso de haber dos o más oferentes con igual valor de oferta o similar monto, aunque no exacto, el Municipio podrá evaluar adjudicar el terreno teniendo en cuenta el siguiente orden de prioridades: Personas con discapacidad. Grupo familiar con menores a cargo. Personal integrante del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios de Ceres. Postulantes inscriptos en el RUIP (Registro Único de Inscripción Permanente). ARTÍCULO 13°) Queda expresamente prohibido al adjudicatario del inmueble la venta y/o cesión de los derechos y acciones emergentes del boleto de compraventa del lote adquirido; por el plazo de diez años. Dicha prohibición deberá ser transcripta en la Escritura Traslativa de Dominio de cada inmueble, y debe serle comunicado por el Municipio a la notaria y/o notario interviniente cuando solicite los informes previos, de manera que incorpore en el título dicha disposición, en orden al fin social perseguido por el Municipio. ARTÍCULO 14°) Para el caso de incumplimiento de lo normado en la presente Ordenanza, el adquiriente podrá ser desadjudicado del inmueble, recuperando la posesión del mismo el Municipio. En tal caso, el adquiriente solo podrá ser reembolsado por el Municipio con el 50% de los importes que hubiere abonado, sin interés, imputándose el saldo a compensar los daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento y el importe abonado será imputado en concepto de daños y perjuicios para el Municipio, perdiendo el adquiriente lo abonado. ARTÍCULO 15°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.”
El C. Uberti pide la palabra. Quisiera hacer una moción de agregar un par de cositas en el Artículo 12, cuando a la hora de superponerse oferentes, y hay que tomar decisiones, así como se pone que se da prioridad cuando hay una familia con alguien con discapacidad, una persona, también otra de las prioridades sea si hay un Bombero o una Bombera Voluntaria, y el otro punto sería también tener en cuenta, como el tercer paso, si ya está inscripto esta gente, esta familia, en lo que es el Registro Provincial de Vivienda, me parece que por ahí es una manera de a lo mejor gente que hace mucho tiempo que ya está esperando, pueda adquirirlo. No sé si esa moción les parece.
La C. Guirado pregunta ¿hacemos cuarto intermedio?
El Pte. dice sí.
Se pasa a cuarto intermedio, finalizado el mismo se da continuidad a la Sesión.
El Pte. dice bueno, se plantea en este momento una moción del C. Uberti en incorporar en el Artículo 12 que quede redactado de la siguiente manera: “En caso de haber dos o más oferentes con igual valor de oferta o similar monto, aunque no exacto, el Municipio podrá evaluar adjudicar el terreno teniendo en cuenta el siguiente orden de prioridades: Personas con discapacidad. Grupo familiar con menores a cargo. Personal integrante del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios de Ceres. Postulantes inscriptos en el RUIP (Registro Único de Inscripción Permanente).” Se somete a votación la moción de preferencia para incorporar esta modificación del Artículo 12 del proyecto de ordenanza en cuestión.
Se aprueba la moción por unanimidad.
El Pte. pregunta si hay alguna otra observación.
Se somete a votación el proyecto de ordenanza.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO 5)WARMI 8M – Proyecto de Ordenanza – Cartelería de prevención sobre violencia de género en los espacios públicos de Ceres. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: La importancia de promocionar recursos para la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y LGTBI+, garantizando el acceso a la información pública sobre medios y procedimientos destinados al abordaje de esta problemática. Declaración universal de los Derechos Humanos. Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, ONU, 18 de diciembre de 1979. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (2004). Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer. Resolución de la Asamblea General del 20 de diciembre de 1993. Constitución Nacional y Provincial. Ley Nacional N°26.485: Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. Ley Provincial N°13.348 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, yCONSIDERANDO: Que las disposiciones legislativas son un instrumento estratégico para mitigar las desigualdades entre mujeres y varones y contribuyen a la construcción de una sociedad más justa y sin violencia. Que la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en Viena en 1993 declaró que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades. Es un fenómeno complejo y multidimensional que surge como consecuencia de una forma de organización política, social y económica: “el patriarcado”. Que la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer de Naciones Unidas (CEDAW) de 18 de diciembre de 1979, afirma que la violencia contra la mujer es uno de los mecanismos sociales fundamentales por los que se fuerza a la mujer a una situación de subordinación respecto del hombre y esta ha permanecido oculta, silenciada y naturalizada por las propias víctimas, por las familias, bajo la tolerancia de la sociedad y los Estados. Que según la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer “Convención de Belem do Para” en su Artículo 7 b establece que los Estados partes deben condenar todas las formas de violencia contra la mujer y se convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, actuar con debida diligencia para prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia. Que la Cuarta Conferencia Mundial sobre las Mujeres, Naciones Unidas, Beijing 1995, en su Artículo 125 h) establece “Difundir información sobre la asistencia de que disponen las mujeres y las familias que son víctimas de la violencia”. Que, entre las obligaciones en materia de protección, el principio internacional de Debida Diligencia, que obliga al Estado en todos sus niveles, es central detenernos en el hecho que el Gobierno Local es el que más cercanía tiene con la vida cotidiana, por lo que, este contacto directo permite un adecuado y exhaustivo diseño y ejecución de campañas de prevención, concientización y visibilización. Que en lo que va del año 2021, en nuestro País, se registraron 181 femicidios. Que nuestra ciudad no es ajena a este flagelo y que, por esto, es necesario impulsar campañas de prevención y erradicación según lo establece la Ley Nacional N°26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. Que la importancia de promocionar, difundir información para la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y LGTBI+, garantiza el acceso a la información pública. Que por ello y en pos de una sociedad más justa, libre y sin violencia hacia las mujeres, la presente iniciativa pretende: Visibilizar la existencia de violencias contra las mujeres y concientizar a las personas sobre este flagelo. Promocionar y difundir los recursos para la prevención y abordaje de la violencia contra las mujeres y LGTBI+. Brindar información adecuada para la actuación en situaciones de violencia. Interpelar a la ciudadanía sobre la importancia de comprometerse y poner en conocimiento a los organismos oficiales que integran el circuito de atención. POR LO QUE: El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTÍCULO 1°) Crease en el ámbito de la Ciudad de Ceres el Programa Municipal “SORORIDAD”, de información, difusión y concientización sobre la Violencia de género contra las mujeres y LGTBI+. ARTÍCULO 2°) El programa Sororidad constará de las siguientes acciones: Colocación de cartelería con información relacionada a los distintos tipos y modalidades de violencia de genero contra las mujeres y LGTBI+ en los edificios y espacios públicos de la ciudad de Ceres. La cartelería deberá contener: La totalidad de números de teléfonos y direcciones de emergencia a las que se debe acudir ante situaciones de Violencia de Género: 144 Línea Gratuita de Atención a Víctimas de Violencia de Género. 911 Central Telefónica en caso de Emergencia. 420082 Policía Local. 422353 Equipo Local de Protección a Víctimas de Violencia de Género. Campañas de sensibilización sobre Violencia de Género en todas aquellas actividades o eventos que realice el Estado Municipal en la ciudad de Ceres. Invitar a los comercios, organizaciones sociales, culturales, establecimientos educativos, a sumarse a esta iniciativa. ARTÍCULO 3°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.”
El Pte. dice es un proyecto de ordenanza que también ha sido presentado a través de la Banca Ciudadana y expuesto por el Grupo WARMI, el cual también hemos comisionado posteriormente, y bueno, hoy está acá para llevar a tratamiento.
La C. Guirado pide la palabra. Como Ud. bien lo manifestaba, este proyecto fue presentado por el grupo feminista WARMI 8M que funciona en nuestra comunidad, lo hicieron a través del uso de la Banca Ciudadana, fue la primera y única vez, en este año al menos, que funcionó en una Sesión del Concejo Municipal la Banca Ciudadana. Es un proyecto que se suma al trabajo en diferentes instituciones, gubernamentales y no gubernamentales, estamos llevando adelante, en lo que tiene que ver con este flagelo que es la violencia de género, la discriminación, me parece muy importante que haya llegado a tratamiento, que todos los Concejales, mas allá de las diferentes posiciones u opiniones que tengamos sobre distintos temas, entendamos que tenemos que seguir en este camino que tiene que ver con el respeto hacia todos, respeto ante todos y para todos, ayudar a los más vulnerables, a los que más lo necesitan, y me parece importante que haya llegado a tratamiento, y que también pueda ser incluido en los programas de Gobierno del próximo año en nuestra ciudad de Ceres.
El Pte. pregunta si alguien más quiere hacer uso de la palabra.
Se somete a votación el proyecto de ordenanza.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO 6)Bloque FPCyS – Proyecto de Ordenanza – Obra de cordón-cuneta y ripio en barrio residencial América.
Se da ingreso al tema, pasa a estudio en comisión.
PUNTO 7) Bloque Juntos por el Cambio – Proyecto de Minuta de Comunicación – Colocación e instalación de una estación solar en parque Leini. El mismo dice lo siguiente: “VISTO: Los beneficios y ventajas de la energía solar, y CONSIDERANDO: Que, la energía solar consiste en el aprovechamiento de la energía del sol para producir calor que puede utilizarse para la producción de agua caliente. Que, mediante la utilización de este sistema, generalmente se puede lograr un ahorro de hasta un 80% en gas o electricidad. Que, resulta valioso poder permitir el acceso a éstas energías renovables en diferentes puntos de nuestra ciudad. sería muy enriquecedor poder contar con una estación solar, por tratarse una tecnología limpia, accesible y sustentable. Que, mediante la colocación de éste sistema, los ciudadanos contarían con agua caliente durante todo el año. Que, éste tipo de proyecto, además de ofrecer agua caliente, también brindan y servicios energéticos para la recarga de celulares y computadoras para el público en general. Que, también una estación solar propone una relación directa del público con las energías renovables, al ofrecerle soluciones inmediatas a partir de la energía del sol. Que, resulta relevante que de ser factible éste tipo de instalación sea incluido en el Plan de Obras del presupuesto Municipal para el año 2022. POR LO QUE: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, eleva la siguiente: MINUTA DE COMUNICACIÓN 1°) Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal, incluya en el Plan de obras del presupuesto Municipal para el año 2022, la colocación e instalación de una estación solar, en el Parque Leini, conforme a todos los beneficios que éste trae aparejado y a fin de su utilidad por todos los vecinos que concurran al lugar. 2°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.”
El C. Rafael pide la palabra. Viendo los fines de semana la gran concurrencia en este lugar de nuestra ciudad que es el Parque Leini, veo con mucha viabilidad la instalación de energía renovable a través de sustento de agua caliente, generada por el sol, y también para la recarga de computadoras, como lo dice en la minuta, y de celulares, y es la energía que se viene, del momento, la moda de ser sustentable, tanto que estamos cuidando la ecología y todo lo demás, y quizás también puede ser en otros sectores de la ciudad. Viendo, como dije anteriormente, la gran concurrencia los fines de semana al Parque Leini, lo veo con mucha viabilidad que lo incluyan en el presupuesto del año 2022 el Gobierno de la Ciudad.
El C. Uberti pide la palabra. Felicito al C. Rafael este pedido, y a raíz de eso quiero decirles que la semana que viene voy a presentar un pedido de declaración, pero lo quiero ya anexar acá para que lo utilicemos entre todos digamos, y que cada uno haga su aporte, que es un pedido de declaración dirigido al Ministerio de Medioambiente a nivel Provincial, también al área nacional que corresponda, para que, si podemos gestionar este tipo de energías para la ciudad de Ceres, puntualmente en este caso para los espacios públicos, y después bueno, dejar la puerta abierta para otros lugares.
El Pte. pregunta si alguien más quiere hacer uso de la palabra.
La C. Guirado pide la palabra. Cortito Sr. Pte. También me parece más que oportuna esta minuta presentada por el Concejal de Juntos por el Cambio, atendiendo a la buena observación que realizó de lo que sucede los fines de semana en este sector en particular, y como también lo manifestaba el Concejal Justicialista que me antecedió, respecto de la posibilidad de gestionar para que puedan incluirse en los demás espacios públicos que son muy utilizados, y más aún en épocas de buen tiempo y estival, así que adelanto que voy a acompañar esta minuta de comunicación.
El Pte. pregunta ¿Alguna otra observación? Bueno, adhiero a los Concejales que me antecedieron.
Se somete a votación el proyecto de minuta de comunicación.
Se aprueba por unanimidad.
El Pte. dice si no hay más nada que agregar a la Sesión del día, damos por finalizada la Sesión.
El C. Uberti dice perdón, pido la palabra.
El Pte. dice no lo vi perdón.
El C. Uberti toma la palabra. No, con respecto, viendo lo que se trató del grupo 8M, pido que sea tratado en la próxima comisión el proyecto de las masculinidades presentado por la Sra. Marianela Doyle, si bien la recibimos y se decidió unirlo al proyecto que está en el Concejo sobre la creación de un Observatorio Municipal de Violencia de Género, haciendo un trabajo de investigación me parece oportuno su tratamiento de manera diferenciada.
La C. Guirado pide la palabra. Disculpe porque estamos por ahí trastocando el orden de la Sesión, así que pido disculpas por eso, pero atendiendo a que el Concejal que me antecedió se manifestó respecto de este proyecto que muy interesante, y desde mi punto de vista es necesario, lo que habíamos manifestado en algún momento es que deberíamos charlarlo con la gente de la Mesa Multisectorial. Solicito que en la próxima reunión de comisión, a más tardar en quince días, atendiendo a los tiempos de los Funcionarios también, y de este Concejo Municipal, podamos invitar a Débora Juárez, quien es la responsable de género en la Municipalidad, para que nos de su perspectiva al menos respecto de este proyecto, la viabilidad, atendiendo que es parte de un Gobierno que está realizando y confeccionando un presupuesto municipal, y que seguramente tendrá que tener en cuenta este proyecto de ordenanza para el presupuesto municipal ¿Si? Como para poder avanzar en el tratamiento de un proyecto que es ambicioso, pero es necesario, y que tiene que ver con la abordada problemática de la violencia de género, de la violencia machista, también, desde la masculinidad.
El Pte. dice bueno, personalmente me comprometo citarla a una comisión, a la Sra. Juárez, y creo que ya había un compromiso por su parte de tratar esto en la Mesa, así que en realidad estamos esperando ese compromiso que había tomado.
La C. Guirado dice por ahí lo que podemos hacer es consultarle si se trató o no, sino que venga ella, porque va a caer, entró en diciembre, ese es el tema, va a perder estado parlamentario.
El C. Uberti dice yo puntualmente hago la moción porque a raíz de lo que yo interpreto, yo interpreté que se iba a hacer todo un solo combo, y sobre eso estuve averiguando, y me parece importante, bueno, utilicemos todas las herramientas necesarias en comisión con quien corresponda, por supuesto, me parece muy bien a Débora Juárez que es la responsable, pero me parece que hay que apuntar a eso, que sea un proyecto independiente el de la masculinidad, que se sume al resto, pero no mezclarlos.
El Pte. dice bien, yo por el momento me comprometo a citarla a una comisión, pero también tengamos en cuenta que estamos próximamente a tocar el tema del presupuesto 2022 del Municipio, así que estamos con la oportunidad incluso de poder incorporarlo.
La C. Guirado dice claro, por eso es necesario.
El Pte. dice tenemos que tratar de hacerlo, o por lo menos de proponerlo al Ejecutivo.
No siendo para más, se da por finalizada la Sesión, siendo las 11:03horas.