Ceres, 11 de agosto de 2023.

VISTO:

                La reciente sanción de la Ley N°14.203, y su Decreto Reglamentario, y

CONSIDERANDO:

                               que la Ley de Necesidad Pública autoriza en su Artículo 6 a los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe a afectar durante la vigencia del estado de necesidad declarado en dicha ley, hasta el cincuenta por ciento (50%) de los montos que le corresponden en el ejercicio 2023 del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados, según Ley N°12.385 y modificatorias, para ser aplicados a Gastos Corrientes.

                               Que teniendo en miras que la Municipalidad de Ceres posee fondos disponibles dentro de la asignación correspondiente al periodo 2023 de la Ley N°12.385 por no haber sido utilizados.

                               Que la actual situación económica – financiera, que no difiere de la que padece la Provincia de Santa Fe, aconseja solicitar los beneficios que concede la Ley N°14.203.

POR LO QUE:

                EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Solicitar a la Secretaría de Integración y Fortalecimiento Institucional del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, se asigne a esta Administración Municipal el importe de $22.449.829,98, el que no excede el 50% de los fondos que en virtud de la Ley N°23.385 le corresponde a la Municipalidad para el período 2023 para ser afectados a Gastos Corrientes, en el marco de la Ley N°14.203 y su reglamentación.

ARTÍCULO 2°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos.  Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

                Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal a los 10 días del mes de agosto de 2023.-