Ceres, 08 de agosto de 2024.
VISTO:
Lo solicitado al DEM, por los señores Porfirio Silva y Vilma C. González De Silva y la nota enviada por el Ing. Efraín Rojas, enviada a este Concejo el día 30/07/2024, y
CONSIDERANDO:
Que los mencionados en el Visto solicitan autorización para la subdivisión de un inmueble ubicado en Av. Buenos Aires esquina Reconquista, de esta ciudad de Ceres, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, Partida Inmobiliaria 07-01-00-033600/8038.
Que las dos propiedades que surgen de la subdivisión de la fracción mencionada en el párrafo anterior, no cumplen con el mínimo de metros cuadrados de superficie requeridos por la Ordenanza Nº 411/88.
Que, los lotes que surgirían de la subdivisión tienen edificación, conforme plano que se acompaña.
Que, por este Honorable Concejo Municipal, ya se han presentado solicitudes de esta índole, muchas de las cuales se ha podido dar una solución. –
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL deCERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Autorizase a los señores Porfirio Silva y Vilma C. González de Silva a subdividir el lote ubicado en Av. Buenos Aires esquina Reconquista de la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, Partida Inmobiliaria 07-01-00-033600/8038 en dos unidades catastrales según Plano de subdivisión propuesto por la solicitante.
ARTÍCULO 2°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, alos08días del mes de agosto de 2024.-