Ceres, 15 de agosto de 2024.
VISTO:
La Ordenanza N°1742/2021 de “CALLES PARA LA VIDA”, el Código de Faltas, la Ley Provincial de Tránsito y la Ley Nacional de Tránsito, y
CONSIDERANDO:
Que una de las mayores problemáticas de nuestra localidad es el transito y el poco apego a las normas viales por parte de nuestros ciudadanos.
Que desde el comienzo de esta gestión en el año 2019 se trabaja en pos de generar orden vehicular y consciencia sobre la importancia del transitar de manera correcta por la vía pública.
Que este Concejo Deliberante ha dictado Ordenanzas tendientes a tal fin, como la Ordenanza N°1648/2020 sobre emergencia vial, la Ordenanza N°1742/2021 de “CALLES PARA LA VIDA”, donde se reduce la velocidad máxima en arterias de nuestra ciudad en las que se encuentran escuelas, parques, instituciones de salud y clubes (entre otras).
Que es necesario brindar al Municipio herramientas que permitan efectivizar los controles y sancionar a quienes incumplan con esta Ordenanza.
Que es atribución del Honorable Concejo Deliberante dictar la presente.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL deCERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
“Controles de Velocidad”.
ARTÍCULO 1°) Autorizar a la Municipalidad de Ceres a colocar radares móviles de velocidad dentro del ejido urbano de nuestra localidad.
ARTÍCULO 2°) Autorizar a la Municipalidad de Ceres a colocar radares fijos de velocidad sobre RUTA NACIONAL N°34 y RUTA PROVINCIAL N°17 y celebrar los convenios necesarios con la AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL y/o AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL a tales fines.
ARTICULO 3°) Autorizar a la Municipalidad de Ceres a celebrar contrato de prestación del servicio de control de velocidad y de un sistema de administración de infracciones y gestión de cobranzas sin costo para el Municipio a prueba, con la empresa HR SOLUCIONES INTELIGENTES S.A., en relación a la instalación de radares fijos.
ARTÍCULO 4°) Autorizar a la Municipalidad de Ceres a celebrar contrato de concesión de servicios de control de transito y condiciones de seguridad en la circulación vehicular con la empresa HR SOLUCIONES INTELIGENTES S.A., en relación a la instalación de radares móviles.
ARTÍCULO 5°) La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de los 30 días de su publicación.
ARTÍCULO 6°) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar una amplia campaña de difusión e información sobre los procedimientos a realizar.
ARTÍCULO 7°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, alos15días del mes de agosto de 2024.-