Ceres, 21 de marzo de 2025.
ORDENANZA N°1881/2025.
VISTO:
La necesidad de dictar la Norma Legal que contenga, de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades N°2756, el PRESUPUESTO GENERAL DE EROGACIONES Y CÁLCULO DE RECURSOS para el ejercicio 2025; y
CONSIDERANDO:
Que el Presupuesto es la norma contable legal por excelencia por la que se establecen los lineamientos del Municipio respecto de los fondos a recaudar durante todo el año y el destino o inversión que se le darán a los mismos.
Que es un instrumento vital para el desempeño administrativo del Municipio, siendo necesario contar con el mismo para un correcto y legal manejo económico del mismo.
Que los Recursos fueron determinados considerando el nivel actual de la recaudación municipal y su proyección a futuro, con la estimación de la evolución de la coparticipación que le corresponde a Ceres por impuestos nacionales y provinciales, teniendo en cuenta el índice inflacionario estimado por la Provincia de Santa Fe y la Nación Argentina
Que en lo que respecta a las Erogaciones, las partidas destinadas al pago de haberes de los trabajadores municipales ocupan una gran importancia.
Que la partida de bienes de consumo y servicios no personales es otra de las más importantes dentro del esquema presupuestario local, al ser esta, a la cual se imputan todos los gastos derivados de los servicios públicos que el Municipio presta. Ella debe soportar los aumentos de precios de todos los insumos y elementos necesarios para mantener el alto nivel de los servicios que prestan las Secretarias.
Que el objetivo para el 2025 está abocado a una variedad de obras y trabajos públicos y a proyectos de las distintas secretarías y la Jefatura de Gabinete, atendiendo a las familias en toda su esfera para que puedan potenciarse y desarrollarse de la mejor manera posible.
Que el Presupuesto 2025 tiene un resultado en equilibrio entre sus cuentas de recaudación y de inversión.
Que la decisión del departamento ejecutivo es hacer obras sin dejar de tener en cuenta a la sociedad brindando para ello apoyo en distintos ámbitos de la vida de nuestros habitantes, enumerando alguno de los aspectos que se abordarán, tales como la alimentación, la salud, la vivienda.
Que esta Ordenanza de Presupuesto da cumplimiento con las formalidades que establecen los art. 46 y 47 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, como así también se incluye una partida para atender las erogaciones que tengan un origen en sentencias judiciales firmes, tal lo establecido en la ley Provincial Nº 12036.
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°)Fijase en la suma de pesos ocho mil millones setecientos mil doscientos pesos (8.700.200.000,00) el total del Presupuesto General de Erogaciones de la Administración Municipal para el Ejercicio 2025 y se desagrega analíticamente en las planillas anexas.
ARTÍCULO 2°) Resérvese la suma de pesos doscientos siete millones $ ($207.000.000,00) para el ejercicio 2025 a los fines de atender las Erogaciones del Concejo Municipal.
ARTÍCULO 3°) Estimase en la suma de Pesos ocho mil millones novecientos ocho mil cuatrocientos sesenta y nueve mil novecientos catorce con 21/100 ($ 8.908.469.914,21) el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal para el Ejercicio 2025, para atender las erogaciones a que hace referencia el Art. 1 y 2 de acuerdo con la distribución del resumen que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
DETALLE RENTAS GRALES. RESNTAS ESPEC. TOTAL
TOTAL GENERAL 7.492.469.914,21 1.416.000.000,00 8.908.469.914,21
RECURSOS CORRIENTES 7.492.469.914,21 223.000.000,00 7.700.469.914,21
DE JURISDICCION PROPIA (1.3) 3.685.269.914,21 223.000.000,00 3.908.269.914,21
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO 1.567.875.584,20 209.000.000,00 1.776.875.584,20
Tasas y Derechos (1.1) 1.506.575.584,20 209.000.000,00 1.715.575.584,20
Contribución de Mejoras (2) 61.300.000,00 – 61.300.000,00
NO TRIBUTARIOS (3) 1.964.800.000,00 – 1.964.800.000,00
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO ANTERIOR 152.594.330,01 14.000.000,00 166.594.330,01
Tasas y Derechos (1.1) 130.094.330,01 14.000.000,00 144.094.330,01
Contribución de Mejoras (2) 22.500.000,00 – 22.500.000,00
DE OTRAS JURISDICCIONES 3.792.200.000,00 – 3.792.200.000,00
Coparticipación del Ejercicio (4) 3.692.200.000,00 – 3.692.200.000,00
Coparticipación del Ejercicio Anterior (4) 100.000.000,00 – 100.000.000,00
RECURSOS DE CAPITAL 15.000.000,00 – 15.000.000,00
Recursos de Capital (3.1) 15.000.000,00 – 15.000.000,00
FINANCIAMIENTO – 1.193.000.000,00 1.193.000.000,00
APORTES NO REINTEGRABLES (3.2) – 1.193.000.000,00 1.193.000.000,00
ARTÍCULO 4°) Como consecuencia de lo establecido en los art. 1, 2 y 3 de la Presente Ordenanza, formulase un Presupuesto General de la Administración Municipal Equilibrado para el Ejercicio 2025 de acuerdo al siguiente detalle:
ARTÍCULO 5°) Las cifras asignadas a nivel de partida principal de los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza deben considerarse como nivel de aprobación legal, de acuerdo al detalle que se enumera a continuación:
Cuadro Nro. 1: Recursos Total Consolidado.
Cuadro Nro. 2: Cuadro Analítico de Recursos Jurisdiccionales Propios.
Cuadro Nro. 3: Cuadro Analítico de los Recursos de Capital y Financiamiento.
Cuadro Nro. 4: Cuadro Analítico de los Recursos de Otras Jurisdicciones.
Cuadro Nro. 5: Total de Erogaciones (comprende D.E.M.)
Cuadro Nro. 6: Cuenta de Ahorro Inversión Financiamiento para la Administración Municipal.
Cuadro Nro. 7: Composición del Gasto por Nivel Institucional.
Cuadro Nro. 8: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Intendencia.
Cuadro Nro. 9: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Jefe de Gabinete
Cuadro Nro. 10: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Desarrollo Humano
Cuadro Nro. 11: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Economía
Cuadro Nro. 12: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. de Infraestructura
Cuadro Nro. 13: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Sec. De Gobierno
Cuadro Nro. 14: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Obligaciones Generales de la Administración
Cuadro Nro. 15: Detalle de la planta del personal.
Cuadro Nro. 16: Clasificación Económica y Por Objeto del Gasto – Honorable Concejo Municipal.
ARTÍCULO 6°) Fijase en ciento sesenta y cuatro (164) el número total de cargos de personal regido por la Ley Provincial 9286, tanto permanentes, como contratados y eventuales, excluidos el Concejo Municipal.
ARTÍCULO 7°) Las erogaciones a atender con fondos provenientes de Rentas Especiales deberán ajustarse en su monto y oportunidad a las cifras recaudadas o cuya recaudación esté asegurada dentro del ejercicio.
ARTÍCULO 8°) Autorizase al Departamento Ejecutivo a disponer la utilización transitoria de fondos de Rentas Especiales para hacer pagos, cuando por razones circunstanciales o de tiempo, debe hacerse frente a apremios financieros. Dicha utilización transitoria no significará el cambio de destino de los recursos y su devolución deberá quedar normalizada en el menor plazo posible, de modo de no resentir el cumplimiento de los fines para los cuales han sido afectados los fondos.
ARTÍCULO 9°)Establécese que los incrementos de recursos estimados a percibir de libre disponibilidad por sobre los montos contenidos en la presente ley, no se encuentran alcanzados por las limitaciones del artículo 33° de la Ley N° 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado.
ARTÍCULO 10°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, a los 20 días del mes de marzo de 2025.-