Ceres, 13de noviembre de 2025.

VISTO:

                La facultad que otorga a los Municipios la Ley Provincial N°12.306 en su Artículo 1° (texto modificado por el Artículo 53° de la Ley Provincial N°13.226), y

CONSIDERANDO:

                               Que la norma referida autoriza a los Municipios de la Provincia de Santa Fe a modificar en un 20%, en más o en menos, el monto que la Administración Provincial de Impuestos fija como tasa testigo para la liquidación del Impuesto sobre Patente Única Automotor.

                               Que en uso de las prerrogativas que la legislación otorga se ha estimado que un incremento de la suma sugerida resulta adecuado y proporcionado, a las posibilidades de pago de los contribuyentes.

k﷽﷽﷽﷽﷽﷽﷽﷽como la unica omentos,tacto el numero de escare de 1985 la UCR reforzban Sao desde este recinto.como la unica omentos,POR LO QUE:

                EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Increméntese en un quince por ciento (15%) el importe fijado como tasa testigo por la Administración Provincial de Impuestos para el Impuesto Patente Única sobre Vehículos para el año 2025.

ARTÍCULO 2°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos.  Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.       

                                Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, a los13 días del mes de noviembre de 2025.-