Ceres, 27de noviembre de 2025.

VISTO:

                La nota de fecha 21 de octubre de 2025 presentada por el Secretario de Infraestructura de la Municipalidad de Ceres, y

CONSIDERANDO:

                               Que, conforme lo dispuesto en la nota mencionada y documentación adjunta, las señoras Viviana G. Bonzini y Patricia C Bonzini, son propietarias de dos inmuebles linderos y con edificación existente, ubicados en Av. Gral. López y Planes Nº145 de la ciudad de Ceres, identificados catastralmente con Partida Inmobiliaria Nº  07 01 00 032258/0000-2 con una superficie total de 250.62 m2 y Partida Inmobiliaria Nº  07 01 00 032256/0006-8 con una superficie menor de 48.13 m2 , conforme croquis general de mensura de la Ingeniera Agrimensora Ethel Ruffino.

                               Que, en el ámbito municipal, los inmuebles descriptos, se encuentran asentados como una unidad habitacional, con una única partida inmobiliaria, atento a que en el año 1976 se confeccionó y aprobó el plano de construcción de la vivienda del terreno identificado con Partida Inmobiliaria Nº  07 01 00 032256/0006-8, anexándose al de mayor superficie.

                               Que, cada inmueble consta con características propias de una vivienda individual, servicios básicos y acceso directo e independiente a la vía pública, lo cual le otorga plena autonomía funcional. – 

                               Que, para poder enajenarlos se requiere que el lote de menor superficie pueda ser reconocido como una unidad habitacional autónoma y por tal el correspondiente empadronamiento.

                               Que, como se visualiza, uno de los terrenos no cumple con las medidas mínimas de superficie, establecidas por Ordenanza Nº 411/88.

                               Que, este Honorable Concejo, comprende que las edificaciones anteceden a la legislación vigente y que es nuestra facultad contribuir a la regularización de dicha situación.-

k﷽﷽﷽﷽﷽﷽﷽﷽como la unica omentos,tacto el numero de escare de 1985 la UCR reforzban Sao desde este recinto.como la unica omentos,POR LO QUE:

                EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Autorizase a desanexar de la unidad de mayor superficie, el inmueble identificado con la  Partida Inmobiliaria Nº  07 01 00 032256/0006-8 ubicado en Av. Gral. López y Planes Nº145 de la ciudad de Ceres, reconociéndoselo como una unidad habitacional autónoma con el correspondiente empadronamiento, en un todo conforme croquis general de mensura de la Ingeniera Agrimensora Ethel Ruffino.

ARTÍCULO 2°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos.  Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.       

                                Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, a los27 días del mes de noviembre de 2025.-