CERES, 11 de setiembre de 2002.-
VISTO:

La necesidad de actualizar los valores del préstamo solicitado a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo que cubra el costo de los materiales y de la conducción técnica para la construcción de 10 diez viviendas por administración aprobado por Ordenanza 831/01.-

CONSIDERANDO:

Que el nuevo valor fue propuesto por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo con el propósito de adecuar los costos a la nueva realidad económica del país.-
Que en la nueva propuesta de actualización se brindó a esta Municipalidad la posibilidad de seleccionar algunos items dentro del esquema de construcción de este plan.-
Que surge del análisis técnico-económico correspondiente, un valor de pesos nueve mil doscientos diez ($ 9210.00) por vivienda, lo que llevaría el valor del préstamo a la suma de noventa y dos mil cien pesos ($ 92100.00).-

POR LO QUE

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA
ARTICULO 1º) Actualízase el valor fijado para el préstamo de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo autorizado por la Ordenanza 831/01 en la suma de pesos noventa y dos mil cien ($ 92100.00) para materiales y conducción técnica con destino a la construcción por administración municipal de 10 (diez) viviendas económicas a devolver en veinticinco (25) años en cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin intereses.-
ARTICULO 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ceres, a los once días del mes de setiembre de dos mil dos.-

Por bruno

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