CERES, 30 de Julio de 2012.-

VISTO:

La facultad que otorga a los Municipios la Ley Provincial Nº 12.306 en su artículo 1º) (texto modificado por el Art. 53 de la Ley Provincial Nº 13.226); y

CONSIDERANDO:

Que la norma referida autoriza a los Municipios de la Provincia de Santa Fe a modificar en un 10 %, en más o en menos el monto que la Administración Provincial de Impuestos fija como tasa testigo para la liquidación del Impuesto sobre la Patente Única Automotor.

Que en uso de las prerrogativas que la legislación otorga se ha estimado que un incremento de la suma sugerida resulta adecuado y proporcionado a las posibilidades de pago de los contribuyentes.

Que esta medida ya se aplica en otros Municipios de la provincia como Rosario, Santa Fe, Capitán Bermúdez y Venado Tuerto, por citar algunos y en las Comunas de Ataliva, Hersilia, San Guillermo, San Vicente, Suardi y Villa Trinidad entre otras.

Que también han tomado la decisión de modificar el monto de la tasa testigo, para el año venidero, en el Municipio de San Cristóbal, cabecera de nuestro departamento.

Que recientemente, la legislatura provincial sancionó la Ley 13268 por la cual modifica el plazo para ejercer la opción, fijándolo para el 31 de julio del corriente.

POR LO QUE:

El Honorable Concejo Municipal de Ceres, en uso de las atribuciones emergentes de la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Incrementase en un 10 % (diez por ciento) el importe fijado como tasa testigo por la Administración Provincial de Impuestos para el impuesto Patente Única sobre Vehículos para el Año 2013.

ARTÍCULO 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los treinta días del mes de julio de dos mil doce.-

Por bruno

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