CERES, 29 de Noviembre de 2012.-

VISTO:

La necesidad de adecuar un lugar para que los artesanos locales y de la región puedan exponer y comercializar sus productos, y

CONSIDERANDO:

Que sobre la avenida Tristán Malbrán, predio del FFCC, existe un terreno lindante a la Asociación Ceresina de Empresarios (A.C.E.) que resulta óptimo para adecuarlo a las necesidades de los artesanos para la exposición de sus productos y además de un lugar de esparcimiento para la familia que mientras aprecia las distintas exposiciones puede pasar un buen momento familiar.

Que el referido lugar debe contar con un nombre que lo identifique, y que dado el emplazamiento en el cual se lo ubicará, es la avenida Tristán Malbrán, antiguamente denominada Avenida Eva Perón, éste órgano legislativo considera oportuno, nombrar al “Paseo de los artesanos” con el nombre de “Eva Duarte de Perón”.

Que la persona que representa a los trabajadores más humildes y menos tenidos en cuenta fue la señora Eva Duarte de Perón.

Que además de los artesanos que deseen exponer y comercializar sus productos, el paso sirva para exponer en forma permanente, algún tipo de escultura realizada por artistas ceresinos que deseen donar su obra para el mencionado “paseo” y que por los materiales de su construcción puedan mantenerse a la intemperie.

POR LO QUE:

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Dispóngase el terreno sobre la avenida Tristán Malbrán, que se encuentra ubicado al lado de la sede de la Asociación Ceresina de Empresarios (A.C.E.), para llevar a cabo un paseo donde los artesanos de Ceres y la región tengan para mostrar sus trabajos y comercializar los mismos.

ARTÍCULO 2°) El paseo creado según el artículo primero de la presente, llevará el nombre de “PASEO de los ARTESANOS – EVA DUARTE DE PERÓN”.

ARTÍCULO 3°) En dicho paseo podrán exponerse algunas esculturas realizadas por artistas ceresinos que deseen donarlas y que por los materiales de su construcción puedan permanecer a la intemperie.

ARTÍCULO 4°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil doce.-

Por bruno

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