En Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontrándose presentes la totalidad de los miembros que lo conforman. Siendo las veintiuna treinta horas, el Concejal Ing. Darío Uberti asume la Presidencia del Cuerpo, declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:

1) Lectura del Acta anterior.
2) Correspondencia recibida.
3) Asistencia de los Sres. Raúl Tavella y Ricardo Viotti.
4) Tratamiento proyecto ordenanza DEM (donación terreno).
5) Tratamiento Plazoleta Malvinas Argentinas.
6) Tratamiento ordenanzas ambientales.
7) Tratamiento carribares.

PUNTO 1) Se da lectura al Acta de la reunión anterior, la que es aprobada sin observaciones.

PUNTO 2) A continuación, se da lectura a la correspondencia recibida. Del Concejo Municipal de la ciudad de Sunchales se recibió un detalle sobre tarifas de hotelería, con motivo de realizarse en esa ciudad el XI Foro de Concejales del Centro Norte de la provincia. Se resuelve confirmar la asistencia de los Concejales Omar Gatti, Héctor Sánchez, Arturo Ferrero y Darío Uberti.
De la Municipalidad de San Carlos Centro se recibió invitación para el oratorio a la Virgen María del Rosario de San Nicolás, a realizarse el próximo 25 de junio del cte. año.

PUNTO 3) Se hacen presentes en la Sala, el Sr. Raúl Tavella, propietario de Freedom Discoteque; y el Sr. Ricardo Viotti, propietario de Siux Bailable, ambos invitados por éste Concejo, a efectos de tratar proyecto de ordenanza que hace referencia al acceso y permanencia de menores en locales bailables.
El Pte. dice que motiva la presente la preocupación de los menores en nuestra ciudad. De saber cómo se está manejando, dice que la intención del Concejo, más allá de la legislación nacional o provincial, y de lo que la policía a través de la Juez de menores pueda venir haciendo, y a raíz de un proyecto presentado por el Bloque de Concejales Justicialistas, era legislar algún marco interno para Ceres. Pero antes de tomar una decisión final, les pareció oportuno conversar el tema con Uds., dice, para tomar conocimiento de la realidad, y saber cómo manejan este tema. Aclara que preocupan los menores.
El Sr. Viotti dice que en su caso, solicitan un personal policial en la entrada, y se encargan de no permitir el ingreso de los menores de 15-16 años. Sucede que en su local, hay gente que va con toda la familia, es decir con chiquitos, en día sábado, ya que es más tomado como baile, no como un boliche bailable.
El Pte. dice que lo que preocupa no son aquellos menores que van con sus padres, sino aquellos que salen solos.
El Sr. Tavella dice que, con respecto a su local, se ha seguido una temática de trabajo como el primer día, y desde hace diez años lo han venido haciendo igual. Se ha conversado en varias oportunidades con la Juez de menores, y se ha llegado siempre a una conclusión, que es preferible tenerlos adentro, a los menores, porque están más controlados, y no que anden por ahí dando vueltas. Se hicieron incluso reuniones con padres, y éstos han coincidido. Además cuenta con un servicio policial de tres agentes que controlan alrededor de la manzana y desde afuera lo que pueda suceder. Es decir se controla la entrada de 15 para abajo. Otro tema dice es el horario en que salen los colectivos, a las 5:30. Si se acorta el horario de boliche, es perjudicial también. Porque les quedaría un tiempo para deambular por la ciudad. Con respecto a la venta de bebidas alcohólicas, y que es también su preocupación, como padre, se puede controlar, pero en invierno dice que es un gravísimo problema. Hay kioscos al lado, hay estaciones de servicio que están abiertas las 24 hs. y que expenden bebidas y petacas. Y eso no se puede controlar en invierno porque lo pasan por debajo de las camperas. Dice que todos los sábados encuentran entre 5 y 6 petacas. Dice que los empleados que están en la barra están trabajando desde el primer día, y se conocen bien a quiénes toman, y cuando una persona está tomada.
El Pte. dice que de todas maneras es mínimo.
El Sr. Tavella dice que sí afortunadamente es mínimo, y que en oportunidades se charló con los padres, y se sancionaron hasta cinco meses. Hubo casos de rivalidades, entre chicos de Hersilia y chicos de Ceres. Reconoce que el movimiento de la Avenida Mayo los días sábados es indiscutido , a que en un mayor porcentaje se debe a los chicos que vienen a las confiterías bailables,
El C. Gatti pregunta qué porcentaje de menores tienen los sábados, de 16 años?
El Sr. Tavella dice que no son muchos. Dice que los chicos de tercer año de la secundaria, están transitando por los 15 años. Esos chicos no es muy normal verlos. Los chicos de cuarto para arriba sí. Además se los ve una vez al mes.
El C. Ferrero dice que la idea no es poner límites a la terminación. Comparte un poco la idea de que cuando más controlados e están es cuando están adentro, además hay una e especie de autocontrol de las autoridades, de los dueños del boliche y de la gente también. No es un problema los límites de la terminación, ni tampoco se quiere tener una actitud prohibitiva. Esta discusión un poco parte dice, a partir de un proyecto que presenta el bloque del PJ, tomando como base una edad cierta para el ingreso. Que incluso de hecho en Ceres, somos permisivos todos en este sentido, porque hay una ordenanza vigente del año 77, que prohibe la permanencia de menores de 16 años ni con los padres. De hecho está derogada por una costumbre, y tampoco nadie la quiere aplicar porque e está desactualizada. Un poco la discusión estaba sobre la posibilidad de lograr un marco normativo que se adecue a la realidad de nuestra zona, que permita el movimiento, porque en eso tenemos todos el criterio unánime de que ojalá Ceres pueda seguir abarcando como hasta ahora, la mayor cantidad de su zona de influencia, para que se vuelque esa actividad económica acá. Pero se quiere buscar una marco normativo que sea adecuado a la realidad pero que también pueda ser aplicable. Por eso era importante mantener esta charla, como para tomar un conocimiento más acabado de la situación, sobre todo porque creemos que es particularmente difícil de controlar con los horarios, y a determinados horarios puedan entrar unos y otros no, porque tal vez la ordenanza pueda estar muy bien planteado, pero sea imposible aplicarla. Incluso agrega, que se barajaron distintas opiniones sobre menores de 14, menores de 15, si se ponía un horario, etc.
El Sr. Raúl Tavella agrega que con la nueva ley las Municipalidades tienen autonomía en cada lugar.
El C. Sánchez dice que comparte lo antes dicho por el C. Ferrero, y agrega que la idea es legislar con un marco apropiado para Ceres, sin perjudicar a nadie.
El Pte. dice que la intención era, si se puede, organizar eventualmente o a través de las escuelas, poner un horario para el ingreso de los menores, pero que no se mezclen con los mayores. Creemos que el tema está en no mezclarlos con chicos más grandes y sin expendio de bebidas alcohólicas.
El C. Gatti dice que a eso apuntaba su pregunta respecto al porcentaje de menores por fin de semana. Porque si no dan los números, no se podría dar esa apertura diferencia para los menores.
El Sr. Tavella dice que con respecto a los bailables, donde puede haber una mayor participación de los menores, porque lo organizan los chicos de quinto año, e invitan a los de cuarto, tercero, segundo y hasta a los chicos de primer año. Pero desde el año pasado no organizan ningún bailable, y este año tampoco, porque los números no dan. Por eso optaron por no hacerlos, agrega que tampoco abren los días viernes por esa misma razón.
El Sr. Viotti dice que en su local días atrás se organizó un bailable por parte de la Comisión de una escuela, y que en esa oportunidad hablo con el Comisario, porque iban a asistir chicos de primer año, y les solicitó uno o dos adicionales más, y encomendar a la gente organizadora que se encarguen de cuidar a los menores. Dice que se manejaron bien, porque a las dos de la mañana terminó todo. Además ya venían con el permiso de los padres, y hasta las dos de la mañana podían estar, además de estar la gente de la cooperadora de la escuela.
El C. Gatti dice que en el proyecto que el bloque presentó, se e establecía tratar de hacer bailables y después que entraran los mayores.
El Sr. Viotti dice que es muy difícil manejar eso, porque puede quedar alguno adentro.
El Sr. Tavella dice que en un oportunidad se hizo para los más chiquitos, un domingo a las 6 de la tarde hasta las 10 de la noche, pero después no se hizo más.
El C. Gatti dice que el planteo era hacer el bailable para los menores antes del horario de los mayores. Como se hace en la ciudad para los teen agers. Cortar 12 o 1 de la mañana.
El Sr. Tavella dice que sí tiene conocimiento, se corta a esa hora se saca a todos y se vuelve a abrir para los mayores.
Se le pregunta si es viable, y si tienen experiencia.
El Sr. Tavella dice que habría que preverlo, si se puede realizar un bailable con menores en un horario.
El Pte. dice que ya que se va a legislar, lo dejarían previsto como para que el día de mañana, si lo quieren organizar, porque convenga, que al menos haya una legislación como para resguardarse.
El C. Ferrero pregunta si habitualmente hay chicos de 14 años?
Se le responde que el chico de 14 años se puede llegar a filtrar cuando físicamente aparenta ser más grande.
El Sr. Tavella sugiere que se pueda hacer un proyecto y le acerquen una copia para volver a analizar el tema
El Pte. dice que el proyecto esta hecho, solamente faltaba la charla para ver si había alguna coincidencia, si es significativo el tema.
La C. Marozzi dice que la preocupación venía por un planteo del C. Sánchez, de que cada vez se ven más menores salir a la noche, con el tema de los video juegos, se los motiva más a salir. Pueden salir los chicos de 15.
El Sr. Viotti dice que menores de esa edad, la policía los para y no los deja entrar. Es orden del Comisario de no dejarlos entrar.
El C. Ferrero dice que a título personal sería a los 15 años.
La C. Marozzi coincide, y agrega que para que vayan al boliche tienen que tener la autorización de los padres, ahí estaría la mayor falla. Pero una vez que salieron, comparte la idea del Sr. Tavella, que es mejor tenerlos adentro. El problema está en la mezcla de edades, y que pueden ser influenciados a las bebidas alcohólicas. Porque al estar entre ellos, van a bailar y divertirse sanamente, pero al mezclarse con chicos más grandes, que tienen otro tipo de intereses y de actitudes, pueden llegar a madurar antes de tiempo y mal. Nuestro interés es conservar la salud de nuestra juventud, en todos los aspectos.
Se retiran luego de la Sala las personas invitadas y se acuerda entonces, elaborar el proyecto e invitarlos nuevamente.
El Pte. luego dice haber estado tratando el tema con el Comisario, quien le manifestó haber tratado un acuerdo con la Juez de menores, que los menores de 15 años no tienen acceso a los lugares bailables, incluyendo boliches y bailes, a menos que vayan acompañados por sus padres. La policía lo aplica como un criterio acordado con la Juez, incluso la misma se comprometió a facilitarnos legislación al respecto.

PUNTO 4) A continuación se procede a tratar el proyecto de Ordenanza presentado por el DEM. El mismo hace referencia a la donación que ofrece al Municipio, el Sr. Adalberto Reinaldo Mondino. Siendo intención del mismo, subdividir el inmueble ubicado en la Quinta 11, Sección Tercera, del distrito Ceres, con un área de 5.282,84 m2, que se afectará a la apertura de la prolongación de Calle Córdoba, incorporándose al dominio público del Municipio.
Luego de un intercambio de opiniones, se resuelve aprobar sobre tablas y elevar al DEM a sus efectos.

PUNTO 5) A continuación el C. Gatti pregunta porqué no se pasó el proyecto de la Plazoleta Malvinas Argentinas.
El Pte. informa que existe un problema con respecto a la capilla, ya que estaba indefinido por la altura del techo que no permitía pasar. Se hizo una arcada curva, para darle amplitud. Agrega que el acto se va a realizar el mismo día 10 de junio e informa el contenido del mismo.

PUNTO 6) El Pte. dice luego, que estaban en estudio los dos proyectos de ordenanzas ambientales. Agrega que solicitó un compendio de leyes para la actividad profesionales ingenieros agrónomos, y especifica claramente lo relacionado al manejo de los agroquímicos. Si en la ordenanza se hace mención a esta ley y a sus resoluciones y decretos reglamentarios, sería suficiente. Da lectura luego a un artículo que está dentro de ésta ley Nº7461 y su decreto reglamentario Nº 2591, y una serie de resoluciones emanadas del Ministerio de Agricultura que amplían a las anteriores. El Art. 3) dice lo siguiente: “el transporte de plaguicidas deberá realizarse en condiciones que impidan riesgo de contaminación de estos productos, quedando prohibido hacerlo con los que se destinan a consumo humano y animales. Si se produjeran averías en los envases transportados que ocasionen pérdidas, deberán ser inmediatamente transportados a la entidad policial más cercana, y al organismo de aplicación, quien decidirá las medidas de seguridad a aplicar”. El art. 4) dice “El depósito y almacenamiento de plaguicidas sólo podrá efectuarse en locales que reúnan las características de seguridad que establezca el organismo de aplicación, debiéndose tener en cuenta que su ubicación no este próxima a lugares de concentración de personas”. ”Los locales destinados a depósito y almacenamiento no podrán ser utilizados para oficinas de administración y atención al público”.
Agrega que en una resolución, se especifican cuatro tipos de plaguicidas, de acuerdo al grado de toxicidad de los datos establecidos por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Hay una clase “A”, que viene identificada con una banda roja, y son los altamente tóxicos. Y no pueden estar en exhibición al público. Otro con banda amarilla, que son muy tóxicos, estarían dentro del mismo rango. Después están los moderadamente tóxicos, y los que tienen una banda azul, que se pueden llegar a utilizar. Y medianamente tóxicos, son los que se usan para jardines. También hay una resolución al respecto de estos últimos. También hay una lista de los que está prohibido su uso. Estarían los clorados como el parathión, fosforados, monocrotofox,etc. Dice que el clorado tiene acción automática por eso es muy tóxico, y tiene acción residual. Los restos que quedan en los pastos se potencian a medida que pasan de una escala biológica a otra. los fosforados matan en el acto y desaparecen. El poder residual de tratamiento de algunos dura quince días y después se degrada en sustancias no tóxicas. Pero otros no se degradan sino que al pasar de una escala biológica a otra se concentran en los tejidos. Agrega que estuvo hablando con el Ing. Cremona respecto a éste tema, como para determinar que todo lo que sea par uso de jardín se pueda tener y el resto no. El drama está en que las veterinarias, la ley también establece que el que expende esos artículos tiene que contar con el aval de un ing. agrónomo, tiene que expender recetas. Las veterinarias tienen estos productos a la venta, y no tienen ing. agrónomo, ni tienen recetas. Como Municipalidad no somos órgano de aplicación de la ley, pero sí podemos actuar en el sentido de protección a la salud. Y podemos ir a las veterinarias y si tienen depositado estas sustancias tóxicas, actuar al respecto. Pero no podemos proteger un problema que es netamente profesional. De todas maneras, haciendo mención a esto tenemos cubierto todo el tema de agrotóxicos.
El C. Sánchez pregunta quien es el organismo de contralor?
El Pte. dice que el Consejo de Ingenieros, de la provincia, y la Secretaría de Agricultura y Pesca de la provincia. Es decir que el control técnico profesional lo hace el Colegio de ingenieros, y el Control toxicològico y demás lo hace la Secretaría, donde allí sí podemos entrar nosotros podremos actuar. En la medida que haya un depósito de productos que estén en la línea azul, amarilla o roja, y no en la verde, ahí si tendremos injerencia, porque estamos protegiendo la salud pública.
Se procede luego a dar tratamiento a los dos proyectos. El Pte. sugiere ir timando artículo por artículo, y deteniendo si hay algo modificable.
El C. Gatti pregunta antes si hay otra cosa para tratar?
El Pte. dice que queda para tratar el tema de los carribares, ya que se recibió información de otros Concejos.
El C. Gatti sugiere dar tratamiento a ese tema y después proseguir con el tema de las ordenanzas ambientales, por ser más extenso.

PUNTO 7) Se procede entonces a dar tratamiento al tema de instalación de carribares en la vía pública. El Pte. dice que el C. Ferrero había solicitado algunas ordenanzas a otros Concejos.
El C. Ferrero dice que en términos generales, dice que las ciudades un poco más grandes lo plantean de distinta manera. Fundamentalmente, casi todas hacen referencia al aspecto bromatológico, en donde el tema de los carribares no cumplimenta los requisitos bromatológicos. Las ciudades como Rosario y Santa Fe., tiene otro tipo de legislación, porque tienen lugares de venta ambulante, pero comparadas fijas o en lugares fijos. Y plantean dentro de las áreas, casillas con determinadas condiciones técnicas, En el caso de Rosario, para instalarse como vendedores en parques importantes exigen kioscos de determinadas características, pero no son del tipo de los carribares. De todas maneras, limitan sustancialmente la posibilidad de que haya puestos de venta que puedan obstaculizar el normal tránsito de peatones o sobre todo el tránsito vehicular mismo, porque se instalan a la vera de los estacionamientos generando un movimiento de gente que circula normalmente por las calles. Se les plantea ese problema. Nosotros dice, no tenemos ese tipo de problemas porque no tenemos puestos de venta fijos en ninguna zona de parque o similar. Tenemos venta ambulante con parada fija, porque son ambulantes en la medida en que puedan trasladarse para cualquier otro lado, pero en este caso lo tenemos hace dos o tres meses instalado en el mismo lugar. En base a lo que se estuvo viendo, dice que lisa y llanamente una prohibición de este tipo de actividades, sobre todo en la vía pública. Da lectura luego a un proyecto de ordenanza del Bloque que preside, mediante la cual se prohibe la existencia de funcionamiento de puestos de venta callejeros con instalaciones fijas y/o paradas fijas en todo el ámbito de la ciudad. Esto último, porque limitarlo a una zona implica sacar el inconveniente del centro para ponerlo en el barrio, pero va a persistir, porque la existencia de carribares fijos en cualquier lugar de barrio van a crear el mismo inconveniente, de obstruir la normal circulación de vehículos, la gente va a andar en la calle para comprar un sandwich, y demás. Y también van a estar los problemas que tampoco van a tener sanitarios, ni con condiciones mínimas de higiene. Se cree que con una prohibición lisa y llana se mantendría todo el tema estético.
De todas maneras, dice que se puede dejar para estudio del Cuerpo, por una semana más. Agrega que se especifica con instalaciones fijas por el caso que tenemos en nuestra ciudad. Serían puestos de venta callejera con parada fija. Y podría incorporarse también, porque los tres o cuatro casos que están apuntados en Ceres, que son los carribares y eventualmente el pescador, son casos que pueden rotarlos diariamente. Por eso podría agregarse todo lo que sea venta de comidas ambulatorias. Dice que esta solamente pretende ser una punta de la discusión.
El C. Sánchez pregunta cómo se los habilita?
El C. Ferrero dice que no tiene habilitación.
El C. Gatti pregunta si no pagan nada? Están como vendedores ambulantes?
El Pte. dice que sí, deben estar como vendedores ambulantes.
El C. Gatti dice que entonces se los está habilitando.
El Pte. dice que se les cobra una sisa como vendedores ambulantes, pero no pueden hacer uso del espacio público.
El C. Sánches dice que directamente no habría que habilitarlos.
El C. Ferrero dice que la idea es legislar con el planteo se encontrar una solución a esos dos casos, y también preverlo para un futuro.
Se destaca también la diferencia entre un vendedor ambulante común y un carribar, que vende productos elaborados.
El C. Ferrero dice que la venta ambulante común y ordinaria, esta contemplada en la ordenanza tributaria, y no representa mayores problemas. Lo más grave y a lo que se debe apuntar es el tema de los carribares. Porque además hay una cuestión estética, de obstrucción de tránsito, de higiene, y cree que por todas partes atacable. Y es el único que problema que se tiene en el ámbito de la ciudad. Porque con los otros vendedores ambulantes no habría problemas.
El Pte. dice que se debe apuntar al tema bromatológico.
El C. Ferrero dice que se puede apuntar a comidas elaboradas del tipo de los carribares, para ser más explícitos.
El Pte. dice que habría que prohibir el uso del espacio público para la venta de todo tipo de productos con puesto fijo. Sugiere que se agregue dentro de un artículo en la Tributaria.
La C. Marozzi dice que a su criterio, con el proyecto y la aplicación de la ley de bromatología es suficiente. Pregunta qué se hace con respecto al puesto de venta de pescados?
El Pte. dice que debe cumplir una serie de condiciones. Dice que el tema pasa por que puede haber problemas de intoxicación, el daño que se puede generar en la salud humana. Además cree que es una competencia desleal con respecto al resto de los comerciantes, de ocupar un espacio público para la venta de productos.
El C. Sánchez dice que además están en infracción, porque no están autorizados.
La C. Marozzi dice que se fije la atención con respecto a la especificación del producto que se vaya a vender. Dice que si se prohibe el uso del espacio público para la venta de artículos.
Sucede que puede haber casos en que vende sin quedarse fijo en un lugar.
La C. Marozzi dice que debemos contemplar bien lo que define la tributaria sobre vendedores ambulantes.
El C. Gatti dice que especifica sobre la ocupación de dominio público, pero no está definido el vendedor ambulante. Dice que debe haber una ordenanza aparte.
Se observan luego las ordenanzas anteriores que hay al respecto, que especifican sobre la venta de sustancias o productos alimenticios, que deberán contar con la autorización de bromatologica.
El C. Gatti dice que se debe exigir la autorización municipal pertinente en forma previa al ejercicio de sus actividades, y en caso de incumplimiento se especifican las multas.
El Pte. dice que la ordenanza anterior a la tributaria preveía bufetes y/o bares rodantes. Y después se cambió.
El C. Ferrero pregunta cómo se inscriben los vendedores ambulantes.
Se responde que deben estar inscriptos en DGI.
El Pte. dice que habría que volver a la tributaria como estaba antes a bufetes y/o bares rodantes, y no solo en las avenidas Mayo e Italia, sino en las zonas Roja y Verde.
Luego de un intercambio de opiniones se resuelve incluir la modificación en la ordenanza tributaria.
El C. Ferrero sugiere no elaborar una nueva ordenanza, sino dejar pendiente para cuando se trate la tributaria.
El Pte. dice que está claramente expresado en la ordenanza derogada porque decía bufetes y o bares rodantes, y la que está vigente dice bufetes y/o bares por día.
El C. Gatti dice que cuando se trate la tributaria, se debe tratar la habilitación..
Se discute al respecto, y se resuelve dejar en estudio hasta tanto se de tratamiento a la Ordenanza Tributaria para modificar éstos artículos.

No siendo para más, se da por finalizada la sesión siendo las veintitrés horas diez minutos.-

Por bruno

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