ORDENANZA N° 1438/2016

CERES, 23 de Marzo de 2016.-

VISTO:

La presentación realizada por el empleado municipal Sr. Gustavo Antonio Mansilla, DNI N° 27.453.159, solicitando la venta en su favor de un inmueble municipal, y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 2 de Febrero de 2016, el Sr. Gustavo Antonio Mansilla, DNI N° 27.453.159, presentó un pedido al Municipio para que se le venda un inmueble (lote de terreno baldío) para construir su vivienda propia, en razón de haber sido adjudicado en un crédito PROCREAR.

Que el solicitante es empleado de la planta permanente municipal desde el año 2012, habiendo trabajado previamente varios años como empleado contratado.

Que es un excelente empleado.

Que viven en concubinato con su esposa y tiene hijos.

Que manifestó que necesita un lote de terreno baldío para construir su vivienda propia.

Que abonará el precio del inmuebe, de contado, conforme a las características del crédito PROCREAR.

Que por la modalidad de otorgamiento del crédito, el inmueble debe escriturarse en favor del adquirente y simultáneamente realizarse una hipoteca en favor del banco otorgante.

Que el Municipio debe velar por el desarrollo de sus habitantes y el fortalecimiento de la familia.

Que el Municipio cuenta con un inmueble para destinarlo a tal fin.

Que dicho inmueble se identifica como Lote 21, según plano de Mensura y Subdivisión N° 176313, Partida de Impuesto Inmobiliario N° 07-01-00-033600/8044, inscripto en el Registro General de la Propiedad bajo el Tomo 192 Par, F 331, N° 39.842.

Que el inmueble disponible, fue tasado por un Martillero Público en la suma de $ 115.000.- (pesos ciento quince mil). Se adjunta tasación.

Que así mismo, le sirve al Municipio en ingreso de divisas por la venta del lote indicado.

Que se acompaña Plano de Mensura de Subdivisión N° 176313, copia de título, copia de asignación de crédito, copias de recibos de sueldo, copia de hoja de home banking, copia de SCIT y tasación del inmueble.

Que si bien el crédito fue solicitado en el Año 2014 y el sorteo donde resultó ganador el solicitante se realizó en fecha 06/02/2015, hasta la fecha, el mismo no ha podido adquirir un inmueble debido a que no disponía del dinero, cuestión que ocurrirá al suscribirse la Escritura Traslativa de Dominio.

Que esta situación debe resolverse de manera urgente, debido a que ya ha sido informado de la disponibilidad del dinero y aún no cuenta con el inmueble.

POR LO QUE:

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Autorícese a la Municipalidad de Ceres, CUIT: 30-6742897-3 a la venta del Lote de terreno baldío identificado como Lote 21, Según Plano de Mensura y Subdivisión N° 176313, Partida de Impuesto Inmobiliario N° 07-01-00-033600/8044, inscirpto en el Registro General de la Propiedad, bajo el Tomo 192 Par, F 331, N° 39.842.

ARTÍCULO 2°) Fíjese como precio de venta del inmueble la suma de $ 115.000.- (pesos ciento quince mil), suma que deberá depositarse en la Cuenta Corriente Municipal N° 2862/09, perteneciente al Nuevo Banco de Santa Fe S. A., CBU 3300514815140002862090. CUIT 30-67427897-3.

ARTÍCULO 3°) Autorícese al Intendente Municipal a otorgar Escritura Pública traslativa de Dominio.

ARTÍCULO 4°) Dispóngase como destino del producido de la venta del lote, la adquisición de maquinarias, herramientas y/o la realización de obras de infraestructura municipal.

ARTÍCULO 5°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintidós días del mes de marzo de dos mil dieciséis.-

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