ORDENANZA Nº 1444/2016
CERES, 24 de Mayo de 2016.-
VISTO:
La necesidad de realizar modificaciones en el Derecho de Registro e Inspección a la Ordenanza Tributaria Nº 1428 vigente para el ejercicio fiscal año 2016, y
CONSIDERANDO:
Que Concejales y Secretarios de esta Municipalidad mantuvieron varias reuniones con contribuyentes y organismos gremiales de los mismos, en las cuales se explicaron las modificaciones introducidas respecto a la Ordenanza Tributaria vigente en el año 2015.-
Que de dichas reuniones surgieron algunos cuestionamientos al nuevo régimen tributario para el Derecho de Registro e Inspección, basados en considerar excesivo algunos mínimos establecidos en las actividades de “venta al por menor en supermercados” y “reparación y pintura de carrocerías, colocación de guardabarros”.-
Que, luego de un nuevo y particular análisis, consideramos atendible las peticiones formuladas, basadas en criterios de equidad tributaria.-
Que respetando los principios que rigen en materia tributaria, es posible lograr un equilibrio entre las capacidades de pago de los contribuyentes y la necesidad del Estado Municipal de contar con los recursos suficientes que le permitan el cumplimiento de su cometido en aras del bien común teniendo en muchos casos en miras no sólo la obtención de recursos, sino el desalentar o incentivar determinadas actividades o conductas particulares en base al impacto que las mismas tengan sobre la comunidad.
Que este Honorable Concejo Municipal, entiende que las modificaciones propuestas por el Departamento Ejecutivo Municipal, son viables.-
POR LO QUE
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, EN BASE A LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Modifíquese el artículo 147, inciso b) subinciso 38) de la Ordenanza Nº 1428, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Venta al por menor en supermercados con predominio de productos alimentarios y bebidas:
Con superficie cubierta total (casa central y sucursales) Mínimo
a) Entre150 m2 y 250 m2 2000 UCM
b) Entre 251m2 y 450 m2 3000 UCM
c) Entre 451m2 y 600 m2 4000 UCM
d) Superior a 601m2 con personal ocupado hasta 7 personas 4000 UCM
e) Superior a 601m2 con personal ocupado desde 8 hasta 15
personas 6000 UCM
f) Superior a 601m2 con personal ocupado superior a 15
personas 30000 UCM
ARTÍCULO 2°) Modifíquese el artículo 147, inciso b) subinciso 21) de la Ordenanza Nº 1428, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Reparación y pintura de carrocerías, colocación de guardabarros y prot. Ext.:
a) Con hasta 1 persona empleada sin tener en cuenta al titular 400 UCM
b) Con más de 1 persona empleada sin tener en cuenta al titular 500 UCM
ARTÍCULO 3°) Las modificaciones establecidas en los artículos 1 y 2 son retroactivas al 1 de enero de 2016.-
ARTÍCULO 4°) Deróguese toda norma que se contraponga con lo dispuesto en la presente.-
ARTÍCULO 5°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal a los VEINTICUATRO días del mes de MAYO de dos mil DIECISEIS.-