ORDENANZA N° 1473/2017

 

 

CERES, 1° de Junio de 2017.-

 

VISTO:

 

Lo solicitado por el señor Eduardo Javier Rodríguez, DNI 22.102.864, (CUIT/L N° 20-22102864-4) y la Señora Cristina María Michelini, DNI 23.338.729 (CUIT/L N° 27-23338729-6). Domiciliados ambos en avenida de Mayo 235 de nuestra ciudad de Ceres, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que los mismos solicitan la exención del pago de Tasa General de Inmuebles, del inmueble donde se encuentra radicado y en funcionamiento la Asociación Cooperadora de la Escuela N° 308 (CUIT N° 30-67426849-8) mediante comodato realizado por Escritura Pública ante el Escribano Público Jorge Vélez, (titular del Registro N° 872) en fecha 11 de febrero de 2015.

 

Atento a lo solicitado, se entiende que, tratándose de una institución sin fines de lucro, corresponde eximir el pago de la Tasa General de Inmuebles desde la fecha de promulgación de la presente ordenanza y se actualizará dicha exención en forma anual, la que coincidirá con la fecha de exención del tributo.

 

POR LO QUE:

 

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1°) Eximir del pago de la Tasa General de Inmuebles, al inmueble identificado como Lote “6”, Sección III de Ceres. Depto. San Cristóbal, Prov. De Santa Fe, que según el Plano N° 101.006 es de forma irregular y tiene una superficie de 2h, 36a, 95 c, Partida Número 07-01-00-034379/0001-9.

 

ARTÍCULO 2°) Presentar anualmente ante éste H. Concejo Municipal, la continuidad y vigencia del contrato de comodato celebrado entre las partes, desde la fecha de exención del tributo.

 

ARTÍCULO 3°) La presente exención se mantendrá mientras el inmueble contemple el mismo objeto para lo cual se celebró el contrato de comodato entre las partes, y siga como destinataria la Asociación Cooperadora de la Escuela N° 308.

 

ARTÍCULO 4°) En caso de cambio de titularidad a favor de un particular, el mismo deberá comenzar a tributar a partir de la fecha de transacción del mismo.

 

ARTÍCULO 5°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, siendo el primer día del mes de junio de dos mil diecisiete.-

 

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