ORDENANZA N° 1512/2018

 

CERES, 16 de Enero de 2018.-

VISTO:

 

La Ley Provincial Nº 12.069 sancionada por la Legislatura Santafesina y promulgada el 30 de Diciembre de 2002, según Decreto del Poder Ejecutivo Nº 3378/2002; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la citada norma se establece el régimen legal para grandes superficies comerciales en la provincia de Santa Fe.-

 

Que la mencionada ley da un marco jurídico a la problemática que tiene lugar últimamente, con la aparición en el interior del país de grandes emprendimientos comerciales.-

 

Que mediante el artículo Nº 29, de la Ley Nº 12.069 se invita a los Municipios y Comunas a adherir a la misma en lo que fuera pertinente.-

 

Que ante el avance de los hipermercados y/o grandes cadenas comerciales, impuestos por la globalización económica, es necesario adoptar medidas regulatorias para evitar que se vea afectado el comerciante local.-

 

Que la adhesión a la mencionada ley provincial es necesaria para asegurar la rentabilidad de los comercios ya instalados en la ciudad y evitar que ante grandes cadenas comerciales, éstos puedan llegar a bajar sus niveles de ventas y por ende, sus ganancias.-

 

Que atentos a los beneficios que la adhesión implica, es conveniente que la Municipalidad de Ceres realice tal adhesión.-

 

POR LO QUE:

 

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1º: Adhiérase a la Ley Provincial Nº 12.069 en todos sus términos, sin que esto afecte el normal funcionamiento y aplicación de ordenanzas preexistentes vigentes.

 

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal, con la aprobación del Honorable Concejo Municipal, podrá autorizar la ampliación de cualquier comercio, que ya esté radicado en la ciudad, y que tenga una única boca de expendio, por más que esté superada la superficie máxima cubierta establecida. Para ello será requisito indispensable el previo estudio del impacto socio económico, y el crecimiento demográfico que hubiere tenido la ciudad.

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, publíquese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES A LOS  DIECISEIS DÍAS DEL MES DE ENERO DE 2018.-

 

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