ACTA NÚMERO 1259 REC 13 y 14
En la ciudad de Ceres, departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe, a los DIEZ días del mes de ENERO de dos mil DIECIOCHO, se reúnen en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal en SESIÓN EXTRAORDINARIA, los integrantes de dicho Cuerpo Legislativo, encontrándose ausente con aviso, el concejal Dr. Nicolás Maza. Y demás concejales presentes. Siendo las 11:00 horas, el concejal Dr. Juan Manuel Mansilla, asume la presidencia del Cuerpo, declarando abierta la sesión, procediéndose al tratamiento de los temas establecidos en el Orden del Día:
- Lectura del acta anterior.
- Proyecto de Ordenanza Vialidad.
- Proyecto de ordenanza Girsu.
- Proyecto de ordenanza modificatoria Ordenanza 821/01
PUNTO 1) Se da lectura al acta de la sesión anterior, la que es aprobada sin observaciones.
PUNTO 2) A continuación, se procede a dar tratamiento al proyecto de ordenanza elevado por Vialidad Provincial. El Pte. dice que es una ordenanza que se hace todos los años. Es siempre la misma. Y faculta al intendente, a la confección del convenio entre ambos organismos, DEM y DPV. Una ordenanza es para realizar desmalezado en la red vial provincial, durante el ejercicio 2018 y otra es para mantenimiento de las calzadas naturales. En el día de ayer, nos pudimos comunicar con la gente de Vialidad de San Cristóbal, quienes nos pasaron los montos. Los montos se establecen en el convenio, no en la ordenanza.
El C. Balzarini dice que la ordenanza autoriza la firma del convenio.
El Pte. dice que los montos son los que les transmití anteriormente. Varían de acuerdo a las tareas y es por km. Son tres los ítems que incluye el convenio, borrado de huellas, repaso y reconstrucción. El costo del primero es de $ 317.- por km lineal. Y en el anterior estaba a $ 190.- En el caso de repaso, el costo es de $ 760.- y la reconstrucción $ 7.060.- estos valores son por km y se multiplican por mes y por año, en base a la tarea realizada. Son 97 km en total. Agrega que este año, el convenio tiene algunas modificaciones, ya que muchas veces, se confecciona el convenio por un monto y se utiliza menos. Ese remanente de dinero se acuerda con el municipio la realización de otras obras. Por otra parte, vienen a verificar y certificar la obra mensualmente.
El C. Balzarini dice que está bien, hay que aprobar la ordenanza para remitirle al intendente para que firme el convenio. Lo bueno sería que después tengamos copia del convenio para ver la letra chica de los términos y condiciones.
El Pte. dice que sí. Se puede solicitar se nos adjunte el convenio vía email. Y adjuntarlo a la ordenanza, ya que se les solicitó a vialidad, una copia del convenio, a raíz de las consultas que hiciera el concejal Balzarini sobre los montos.
El C. Balzarini dice que le gustaría que venga copia del convenio ya suscripto. El sentido es ver qué compromiso asume el municipio, forma de pago, y demás.
El Pte. dice que en oportunidad de haber estado en vialidad, con este tema, primero se certifica, luego viene alguien de Vialidad de Santa Fe, certifica la obra realizada.
Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba por unanimidad la de reparación de calzadas naturales, y se eleva al DEM.
El Pte. dice que en relación a la desmalezado, a mí entender es después de la línea de edificación. Metro y medio corresponde al contribuyente, y lo otro para vialidad. Se pide por secretaría se consulte cuánto comprende desmalezado y cuánto se paga.
Luego de efectuada la consulta, la respuesta de Vialidad, fue que ellos no hacen obras de desmalezado.
El Pte. dice que entonces hay que dejar esa ordenanza en estudio, no se trata porque no tenemos la información.
PUNTO 3) A continuación, se procede a dar tratamiento al proyecto de ordenanza sobre Girsu. Oportunamente se hizo una ordenanza que fue aprobada. Y ahora presente el secretario de Producción y Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, a los fines de darnos información respecto de la reunión que hubo en Arrufó, para continuar con la conformación de dicho consorcio. Motivo por el cual se incluyó en el orden del día la aprobación de una ordenanza que es la misma que se hizo extensiva a todas las localidades que participaron de esta reunión.
La C. Giovannini dice que es la ordenanza para aprobar el estatuto del consorcio.
El Sr. Pablo Bertero dice que la semana pasada, nos estuvo visitando gente de Medio Ambiente, en base a una denuncia que se hizo al Ministerio desde un medio local y del Concejo. Visitamos el predio. Se confeccionó un acta. El ministerio nos comentó a groso modo, en perspectiva, cómo veían la localidad de Ceres, ya que vemos que pasa en todas las localidades donde se prende fuego. Pasó en San Cristóbal, en San Justo. Y en Ceres fue en el único lugar en donde se hizo la denuncia. Ellos nos dijeron que nos quedemos tranquilos, que no iba a haber ningún apercibimiento hacia la municipalidad, simplemente es un acto formal que se hace de venir a constatar. Pero, se fueron bastante conformes, porque vieron que Ceres junto a San Guillermo, son las dos únicas localidades del Depto. que realmente están apostando e invirtiendo en que es el tratamiento de la basura. No como otras localidades, por ejemplo San Cristóbal que está colapsado, donde no hacen recuperación de la basura. El intendente está de testigo, y comentó el lunes en la reunión que hasta tiran aceite quemado en el basural. Siendo éste un residuo peligroso y donde le ministro nos dijo que eso está penado por ley. Esto nos deja tranquilos por el hecho de que en Ceres, se están haciendo cosas desde hace mucho tiempo, y con la tranquilidad de que la gente del ministerio nos dijo que estamos haciendo bien las cosas.
La C. Giovannini dice que entonces vino bien la denuncia.
El Sr. Pablo Bertero dice que después de eso, el lunes se hizo una reunión donde nos entregaron una resolución por la cual estamos adheridos al consorcio, donde faltaban tres o cuatro localidades que eran Ceres, San Guillermo, Colonia Rosa y La Rubia que se adhirieron. Quedan distritos menores por ingresar pero son muy pequeñas y hacerlo podría significarles un costo muy elevado. Se habló de tener la sede central en Arrufó, donde se haría un relleno sanitario y en las dos localidades más grandes tener sus estaciones de transferencia, como tenemos nosotros, e incorporar algunas maquinarias y potenciarlo. En sí Ceres va a tener que ceder en comodato todo lo que ya tiene. Y después lo destinará al consorcio. Esto se charlará en las reuniones de aquí en adelante. Además se hará un relevamiento por cada localidad, para ver qué maquinarias tienen. En nuestro caso tenemos cinta, tenemos galpón, prensa. A esto se le pondrá un valor y ese valor tendrá sus beneficios dentro del consorcio. Este es un trabajo que se hará de manera conjunta. Habrá que determinar un equipo técnico. La idea es que en la próxima reunión en Arrufó las comunas y municipios aportarán a su personal técnico. En nuestro caso irá Gustavo, yo lo voy a acompañar. La gente del ministerio también solicitó que se arme un grupo de concejales, porque las ordenanzas tienen que ser lo más parecidas posibles. Tiene que haber un consenso en todas las localidades del depto. de la misma forma. Por otra parte se está por iniciar una campaña de concientización en todas las localidades de manera uniforme. Lo que queda es aprobar el estatuto, enviarlo y comenzar con todas estas reuniones que se están proyectando. Este será un proceso que seguramente nos lleve un año.
El Sr. Gustavo Contreras dice que también hay que definir la figura que van a llevar adelante el consorcio, porque hay que definir un gerente.
El Sr. PB dice que desde el ministerio se están solventando algunos costos.
El Pte. pregunta qué tiempos tienen estimados?
El Sr. PB dice que en primer lugar sería la aprobación del estatuto, y luego la aprobación del proyecto. después si se decide hacer el relleno sanitario en Arrufó se deberá comprar un predio y eso se hace entre todos.
El C. Balzarini dice que el estatuto prevé la conformación de un directorio, con un gerente y una serie de cosas que le parecen bien. Será un nuevo organismo o ente supramunicipal regional que integrará una problemática que es común a todos.
Luego de un intercambio de opiniones, el C. Balzarini dice que a fines de que se ponga en marcha el consorcio, aprueba el estatuto, así como está. Que las demás localidades le den rapidez al tratamiento. Que se empiece a formar el concejo directivo, que incluso tiene que tener un reglamento interno, que va a acondicionar el funcionamiento de cada uno de los municipios y comunas. Quizás a partir del reglamento interno que dicte la comisión directiva del consorcio, será un inicio de dictar ordenanzas dentro de cada municipio. Y ahí empezaremos los concejales a analizar la aplicación dentro de cada comunidad.
Luego de un intercambio de opiniones, se aprueba por unanimidad de los presentes y se eleva al DEM.
PUNTO 4) Finalmente, se procede a dar tratamiento al proyecto de ordenanza presentado por el Bloque PJ. El Pte. dice que la misma es una actualización de la ordenanza N° 821/01, la que tenía el valor de UCM (unidad de cuenta municipal) y ahora pondríamos otra unidad de valor que actualice mejor.
La C. Giovannini dice que el Código de Faltas Municipal, manejaba el valor de las multas en 200 UCM a 1000 UCM, cuyo valor de cada UCM es de un peso. Sucedía que en las primeras multas, se podía aplicar ese valor, pero después si surge un agravante por el tema de las reincidencias, termina en un monto muy bajo. Este es un código que no se actualizó nunca. Por eso es conveniente ponerle un valor fluctuante. Para no tener que actualizarla cada año. Como se hizo con la ordenanza de caminos rurales, y como se está haciendo en todos lados. Ya que esto es una adecuación a lo que dice la ley nacional. No se hizo por Ley 13163, que es la ley provincial, porque se refiere más a multas o infracciones que se dan en la ruta. Dentro de lo interno, para dejarlo al código como está, se decidió modificarlo por litros de combustible, nafta común.
El C. Balzarini dice que habría que analizarlo un poco, ya que es un cambio sustancial. Antes la unidad de cuenta valía un peso.
La C. Giovannini dice que está basada a lo que dice la ley provincial y la ley nacional. No sé por qué el código se hizo con esa unidad de cuenta, considero que es un error grave. Los artículos están transcriptos con algunas cuestiones que en nuestra localidad no se ven y que hemos sacado, tal cual lo dice la ley nacional.
Se da lectura al proyecto, que dice lo siguiente: “VISTO: La necesidad de modificar el CODIGO MUNICIPAL DE FALTAS bajo Ordenanza 821/01 en su Nº 64 de acuerdo a la LEY NACIONAL DE TRANSITO Nº 24 449 Y LEY PROVINCIAL 11 583 y sus Decretos Reglamentarios. Y CONSIDERANDO: Que si bien este Código Municipal de Tránsito Ord. 821/01 se ha adherido a la normativa nacional y Provincial mencionada en el VISTO de la presente, esta normativa ha realizado solo una adaptación por lo que se encuentra la pérdida de vigencia en su Art. Nº 64 que versa sobre los valores de las multas. Que a los fines de modificar el mencionado artículo es necesario establecerlos con los parámetros establecidos en ambas leyes Nacionales y Provinciales, ya que quedan obsoletos al encontrarse establecidos mediante la UCM lo que conllevaría a cada año a modificar el mismo, y el cual desde su implementación y entrada en vigencia, no ha sido actualizado. ARTICULO 1º) Deróguese el Articulo Nº 64 de la Ordenanza Nº 821/01 e incorpórese al mismo el siguiente texto, que quedará redactado de la siguiente manera: “MULTAS: Los infractores a las disposiciones del presente Código de tránsito, serán penados con multas pecuniarias. El valor de las mismas, se determinará en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial. En la sentencia el monto de la multa se determinará en cantidades UF, y se abonará su equivalente en dinero al momento de hacerse efectivo el pago. Las multas serán determinadas en la reglamentación desde un mínimo de CUARENTA (40) UF hasta un máximo de CINCO MIL (5000) UF. Se considerarán como agravantes los casos en que la responsabilidad recaiga sobre los propietarios.”
El C. Balzarini pregunta si no se puede pasar a comisión?
El Pte. dice que sería conveniente evaluarlo en esta sesión.
Se observa y se coteja con el Código de Faltas, y la Ordenanza N° 821/01.
El C. Balzarini dice que este es un tema delicado como para tratarlo sobre tablas. Coincido en que hay que actualizarlo. Amerita un análisis para leer y refrescar una ordenanza que es viejísima.
El Pte. dice que podemos resolverlo ahora, estudiándolo bien. Si se quiere se pasa a un cuarto intermedio hasta el mediodía, para que quede bien. Porque es cierto que han pasado 17 años, esas multas no existen.
La C. Giovannini dice que se deben ver los procedimientos de las leyes provincial y nacional y cotejar que le falta o le sobra al Código.
El Pte. dice que es necesaria su actualización, porque asi cualquiera comete una infracción y paga doscientos pesos.
El C. Fiore dice que el sentido de esta ordenanza es cambiar la unidad fiscal de valor, porque en realidad estaba sin sentido. En vez ahora se toma un coeficiente con un precio de referencia.
El C. Balzarini dice que sí, está bien.
La C. Giovannini dice que está establecido en todos lados. Yo pido la modificación del valor de las multas. Cualquier modificación que se quiera hacer después, la haremos. Seguramente habrá otras cuestiones que habría que cambiar, pero que van de la mano con el código de tránsito pesado. Hay una adaptación que hacer más concreta y precisa dentro del código de tránsito. Lo único que pido es la modificación en el monto. Por eso quiero que se someta a votación sobre tablas, porque es en estos momentos donde están ocurriendo más accidentes de tránsito. Si no tomamos conciencia de que la moto es un elemento de riesgo importante para la vida no solo de quien la conduce si no para un tercero también, no vamos a terminar nunca con eso que pasan en contramano, sin luz, sin espejos. Esto será un modo de concientizar. Y si no tienen para pagar, se harán trabajos comunitarios.
El Pte. dice que lo único que le interesa es que el juez de faltas tenga un margen de entender la situación. Porque hay cuestiones en las que por ejemplo se hace una multa por circular sin revisión técnica, y en la ciudad de Santa Fe, si no se tiene la RT y después se la acompaña, queda eximido de la multa.
La C. Giovannini dice que no se exime, se reduce al 50 % de su valor.
El Pte. dice que no, si se tenía la RT…
La C. Giovannini dice que se la debe portar. Es lo mismo que acá una multa por falta de carnet, va y se lo lleva, la multa está, porque no lo portaba.
El Pte. pregunta si está el margen para que el juez de faltas lo pueda eximir?
La C. Giovannini dice que se puede agregar. Lo dejaría como una facultad al juez, para regular en un 50 %. Pero hay que especificar en qué casos. Es mejor dejarlo así.
El Pte. dice que entonces se baje un poco, en lugar de 50 que baje a 40.
El C. Balzarini dice que está bien, que el mínimo sea más bajo. Se le da más margen al Juez. Se puede poner una máxima altísima.
Luego de un intercambio de opiniones se reduce a 40.
Finalmente se aprueba por unanimidad.
No siendo para más, se da por finalizada la sesión siendo las catorce horas.-