Ceres, 2 de Octubre de 1996
VISTO:
Que se ha gestionado un crédito para la adquisicion de Grúa Hidráulica, ante el Programa Municipal de Inversiones puesto en practica por la Provincia de Santa Fe.Y
CONSIDERANDO:
Que la adhesion al regimen de financiamiento para Adquisición de Equipos y maquinarias destinados a la prestacion de servicios posibilitara a este Municipio la adquisicion de una Grúa Hidráulica para Alumbrado Publico.-
Que entre los requisitos a cumplimentar se contempla el dictado de la medida de afectacion de fondos que permitan recuperar el monto de la inversion y de los costos operativos incrementales.-
Que debido a que el servicio a prestar por el equipo en cuestion beneficiara a un sector importante de la ciudad.-
Que se hace necesario que los beneficiarios contribuyan equitativamente en forma proporcional a su patrimonio.-
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONSEJO MUNICIPAL DE CERES,en base a las atribuciones que le confiere la ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
Articulo 1º) Afectase un 12% del ingreso de Rentas Generales por Reintegro de Energia Electrica, por mes, durante 5 años, a partir de ……………………………. y hasta el dìa ………………………………… inclusive, destinado a cubrir el recupero de la version del subproducto denominado Adquisición de una Hidrogrua Hidraulica.-
Articulo 2º) Afectase un 8% del Ingreso de Rentas Generales por Reintegro de Energia Electrica, por mes, a partir de……………………………. y durante un plazo tal de que el equipo pueda prestar el servicio en condiciones normales, destinado a cubrir los costos operativos incrementales emergentes de la prestacion del servicio en cuestion con el equipo objeto del proyecto de referencia.-
Articulo 3º) Publíquese, registrese y oportunamente archivese.-