Ceres, 10 de octubre de 1996.-
VISTO:
Que un grupo de vecinos desean perpetuar en el tiempo el nombre del que fue un importante barrio de Ceres. Y
CONCIDERANDO:
Que la historia de un pueblo no sólo se expresa en palabra y en papeles, sino que la hagan presenten a las generaciones sucesivas.
Que a tal afecto un grupo de vecinos del ex-barrio Paraíso Florido, ha solicitado a este Honorable Concejo la imposicion del nombre en un espacio publico ubicado dentro del sector que ocupaba el mencionado barrio.
Que en el mismo pedido comprometen sus esfuerzos a los del Municipio para mejorar y mantener el espacio solicitado .-
Que existe una plazoleta en el ejido urbano de Ceres, que se encuentran ubicada en el sector referido y que carece de decisión.
POR LO QUE:
EL HONORABLE Concejo MUNICIPAL DE CERES,en base a las atribuciones que le comfiere la ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente :
O R D E N A N Z A
Articulo 1º) Dispóngase el predio de propiedad del Municipio ubicado entre las calles Carlos Pellegrini, Ana María Janer y Bvard. Pueyrredon, con destino a Plazoleta Pública.
Articulo 2º) Que dicho lugar llevara el nombre de “PLAZOLETA PARAÍSO FLORIDO” y la misma será destinada a la recordación del histórico ex-barrio de nuestra ciudad.-
Articulo 3º) Que el Departamento Ejecutivo Municipal disponga de los medios necesarios para que junto a los vecinos del lugar se realicen las mejoras pertinentes y el mantenimiento adecuado de la misma.-
Articulo 4º) Elevase al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.-
Dada en la sala de Secciones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los dos días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis.-