ORDENANZA N° 1551/18

CERES, 27 de setiembre de 2018.-

VISTO:

La presentación voluntaria ante la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda. de los vecinos que habitan sobre las siguientes calles en la Sección IV de la ciudad de Ceres, y

CONSIDERANDO:

Que los mismos se domicilian en el Pasaje (aún sin determinar nombre según la SOP) que se encuentra ubicado entre Ruta 17 (continuación de avenida de Mayo) y la Calle Mariano Moreno, mano lado Oeste, que en este orden, y de Sur a Norte, son propiedad de los señores Fernando Ferreyra y Federico Acuña, dos lotes a continuación propiedad hasta ahora de los señores Gustavo y Silvia Muhn y por último en esquina de este Pasaje y la Calle Mariano Moreno, la Sra. Betiana Godoy, tres de estos cinco frentistas que son quienes solicitan la ampliación de la red de agua potable y el posterior servicio de la misma.

Que revisada la solicitud desde su posibilidad técnica, la obra es factible.

Que evaluado el costo anual de esta obra, y en tal sentido, se actualizó el total de la obra, y se procedió a realizar un prorrateo sobre el total de los usuarios incluidos los nuevos solicitantes, surgiendo un valor de $ 14.800.- (pesos doce mil) por frentista.

Que informados de estos valores a los señores solicitantes, los mismos brindaron su aprobación.

Que entendemos que de esta forma, no se ven perjudicados los usuarios que desde el  principio de la obra están pagando, ya que los nuevos usuarios también son gravados por los costos de lo que implica toda la red, llámese bombas, red troncal, planta de ósmosis, etc., como así también se entendió justo, que los valores se fijen con valores actuales.

Que es resolución de la Cooperativa, que el importe que surja por el cobro de esta obra yel valor de construcción de la ampliación se aplique a elementos que componen la Planta de Osmosis Inversa.

POR LO QUE:

El Concejo Municipal de Ceres, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Autorízase a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda. a realizar la ampliación de la obra de agua potable y prestar el servicio a los inmuebles que se identifiquen y estén comprendidos según el Catastro Municipal sobre el pasaje mencionado anteriormente, sobre la Sección IV de nuestra ciudad, comprendidos entre la Ruta 17 y la Calle Mariano Moreno mano lado Oeste.

ARTÍCULO 2°) Fijar el valor de $ 14.800.- (pesos catorce mil ochocientos) por frentista.

ARTÍCULO 3°) Fijar la forma de pago, en las cantidades de cuotas que el contribuyente apruebe, hasta un máximo de 20 (veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

ARTÍCULO 4°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Ceres, a los veintisiete días del mes de setiembre de dos mil dieciocho.-