VISTO:

La necesidad puesta de manifiesto por los vecinos de las calles 3 de Febrero y
Laprida . Y

CONSIDERANDO:

Que debido a la necesidad de brindar un ingreso pavimentado a la ciudad por calles alternativas a la avenida Mayo justificaron la implementaciòn de la doble mano en las calles 3 de Febrero y Laprida.

Que con la pavimentación de las avenidas Blas Parera y López y Planes tal requerimiento se ve totalmente cubierto y además desvía de la Avda. Mayo el tránsito pesado en días de lluvias.

Que la restitución de sus orientaciones de circulación original traería aparejado mayor seguridad para los habitantes de ambas calles.

POR LO QUE:

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

Articulo 1º) Vuélvanse a sus sentidos originales de circulación desde el Sureste hacia el
Noroeste a las calles 3 de Febrero y Laprida.

Articulo 2º) Proceda el Departamento Ejecutivo Municipal a través del área respectiva a la
señalización correspondiente.

Articulo 3º) Señalícese el acceso a Avda. Mayo por Ruta 17 y 34 de manera tal que el tránsito pesado sea desviado hacia las Avenidas Blas Parera y López y Planes.

Articulo 4º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veinticuatro días del mes de abril de mil novecientos noventa y siete.-

Por bruno

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