CERES, 27 de marzo de 2020.-

VISTO:

                La presentación voluntaria ante la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda. de los vecinos de la sección 3° de nuestra ciudad, que habitan sobre calleHernandarias entre calles Córdoba y Entre Ríos, quienes solicitan la conexión al sistema de desagües cloacales que dispone la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., y

CONSIDERANDO:

                               Que, revisada la solicitud desde la posibilidad técnica, la misma es factible.

                               Que, evaluado el costo actual de la obra a llevarse a cabo con el propósito de poder brindar el servicio requerido, y prorrateado entre el total de usuarios beneficiados, resulta un valor de $22.540 (pesos veintidós mil quinientos cuarenta) por unidad catastral.

                               Que este valor surge luego de imputar en el costo de la construcción, el acuerdo con la Municipalidad por el uso de la retroexcavadora por $8000, lo que hace posible una baja sustancial en el costo, que, de ser calculado con alquileres de máquinas a terceros, este sería mas elevado.

                               Que, informados de estos valores, los señores solicitantes brindaron su aprobación.

                               Que con el propósito de facilitar que se vayan sumando usuarios al sistema, se acordó que el valor presupuestado se financie por parte de la Cooperativa, en 20 cuotas iguales, mensuales y consecutivas.

POR LO QUE:

                               El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2756, y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Autorizar a la Cooperativa de Servicios Ceres Ltda., a realizar la ampliación de la obra de sistema cloacal y prestar servicios a los inmuebles que se encuentren beneficiados según lo detallado en el Visto.

ARTÍCULO 2°) Los inmuebles que serán beneficiados se adjuntan mediante detalle a la presente, con su correspondiente nomenclatura catastral.

ARTÍCULO 3°) Fijar el valor de la obra, en $ 22.540.- (pesos veintidós mil quinientos cuarenta) por unidad catastral.

ARTÍCULO 4°) Fijar como forma de pago, en las cantidades de cuotas que los contribuyentes aprueben, hasta un máximo de 20 (veinte) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

ARTÍCULO 5°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos. Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.

                Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los veintiséis días del mes de MARZO de dos mil VEINTE. –