CERES, 18 de setiembre de 1998.-

VISTO:

El Convenio firmado con el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Santa Fe y por el cual se cede a la Municipalidad de Ceres, Departamento San Cristóbal, el control del tránsito sobre la Ruta Nacional Nº 34, todo según Expediente Nº 00103-0016403/6, y

CONSIDERANDO:

Que a los efectos de cumplimentar el trámite establecidos por el Art. 2º) del Convenio mencionado ut-supra es necesario el dictado de la medida de Gobierno por la cual ésta Municipalidad se hace responsable de los hechos civiles y penales derivados del citado control.

POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CERES, SOBRE LA BASE DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA Ley 2756 Y SUS MODIFICATORIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) A través de la presente medida, la Municipalidad asume en forma exclusiva y excluyente la responsabilidad civil y/o penal que le pudiere corresponder por todos los daños y perjuicios derivados como consecuencia de la instalación y funcionamiento del sistema de control de tránsito que se tramite según Expediente Nº 00103-0016403/6.

ARTÍCULO 2º) Apruébese, regístrese, dese a publicidad, comuníquese al ministerio de gobierno de la Provincia de Santa Fe y Dirección Provincial de Vialidad y oportunamente archívese.-

ARTÍCULO 3º) Elévese al departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de Ceres, a los diecisiete días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y ocho.-

Por bruno

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