Ceres, 09 de noviembre de 2023.
VISTO:
La necesidad urgente de mejorar el servicio de agua potable y desagües cloacales que presta la COOPERATIVA DE SERVICOS CERES LIMITADA mediante la adquisición de EQUIPOS E INSUMOS, destinados a tal fin, y
CONSIDERANDO:
Que, la Cooperativa de Agua y Servicios Públicos Ltda. junto a la Municipalidad de Ceres, han solicitado asistencia financiera al Ministerio de Infraestructura Servicios Públicos y Hábitat de la Provincia de Santa Fe con el fin de poder mejorar los servicios de agua potable y desagües cloacales de la ciudad, mediante la compra de equipos e insumos necesarios para optimizar la continuidad de la prestación del servicio en cantidad y calidad suficientes.
Que, actualmente el servicio de provisión de agua potable se encuentra con un rendimiento de producción bajo debido a que las membranas de un módulo del equipo se encuentran muy deterioradas y respecto del servicio de desagüe cloacales, dos (de cuatro bombas elevadoras) se encuentran quemadas.
Que, en el mes de junio del año en curso, mediante resolución N° 661 se ha aprobado dicha ayuda económica para mejorar servicio de agua potable y desagües cloacales de la localidad, considerando conveniente la instalación de elementos y equipos solicitados por la Cooperativa, que asciende a la suma de $38.046.393,00.-
Que, encontrándose a la fecha del presente transferido el 50% del monto indicado ($ 19.023.196,50) a disposición del Municipio, surge necesario y urgente autorizar la adquisición de forma inmediata de los insumos y equipos necesarios, evitando la demora que implicaría atravesar el procedimiento licitatorio por la consiguiente imposibilidad de mantener los precios por parte de los proveedores en atención al proceso inflacionario que atraviesa el país y que es de público conocimiento.
Que la suma del 50% restante será transferida al Municipio una vez efectuada la correspondiente rendición de la compra respecto de la primera entrega, documentación que será remitida al Ministerio de Infraestructura Servicios Públicos y Hábitat de la Provincia de Santa Fe y a vuestro Consejo para su correspondiente contralor.
Que, por lo expresado anteriormente, resulta conveniente, para optimizar el empleo de los recursos económicos aportados por el Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat de la provincia de Santa Fe y además para mejorar inmediatamente la cobertura de las necesidades básicas para las que trabaja la Cooperativa de Agua y Servicios Públicos Ltda. respecto de los habitantes de la ciudad de Ceres, autorizar una excepción al mecanismo de contrataciones establecidos en la Ordenanza N° 1827/2023 y autorizando así la compra de forma directa.-
POR LO QUE:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de CERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a efectuar, la adquisición de los siguientes equipos e insumos: membranas de osmosis inversa, para instalar en planta de tratamiento de agua potable y/o bombas sumergibles,por el monto de $19.023.196,50 (Pesos diecinueve millones veintitrés mil ciento noventa y seis con cincuenta centavos)
ARTÍCULO 2°)Aféctase al cumplimiento de lo establecido en el Artículo 1°), los fondos correspondientes al 50% de la ayuda económica atribuida por el Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat conforme Resol. N° 661/2023 por la suma de $ 19.023.196,50(Pesos diecinueve millones veintitrés mil ciento noventa y seis con cincuenta centavos) los cuales ya fueron asignados al Municipio.
ARTÍCULO 3°) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres a efectuar la adquisición de los equipos e insumos, mencionados en el art. 1°) mediante el procedimiento de compra directa, como una excepción al mecanismo de contrataciones establecido en la Ordenanza N° 1827/2023, atento al proceso inflacionario vigente y a las necesidades urgentes de la población.
ARTICULO 4°) La determinación de los insumos y equipos y cantidad de los mismos a adquirir por el monto depositado será determinado por la Cooperativa de Agua y Servicios Públicos Ltda. teniendo en consideración el precio de los mismos y las prioridades para la prestación de sus servicios.
ARTÍCULO 5°) El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá remitir al Honorable Concejo Municipal, un copia de la rendición de la adquisición autorizada por la presente ordenanza a los 30 días de concretada la operación.
ARTÍCULO 6°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal a los 09 días del mes de noviembre de 2023.-