Ceres, 08 de julio de 2024.

VISTO:

                La Ordenanza N°1843/2024; La Ordenanza N°1796/2022 por la cual la Municipalidad de Ceres se adhiere al programa “Caminos de la Ruralidad” creado mediante Decreto provincial 1300/20, y

CONSIDERANDO:

                               Que en cumplimiento de la Ordenanza mencionada se ha conformado, el 28 de mayo de 2024, la Comisión de apoyo para la construcción, mantenimiento y conservación de los caminos rurales, denominada “Caminos Productivos”.

                               Que se adjunta a la presente copia del acta constitutiva y reglamento interno de la misma. (Anexo 1)

                               Que la Comisión se ajusta a los requerimientos del Artículo 6° de la Ordenanza N°1796/22.

                               Que asimismo se han hecho los trámites para la apertura de la cuenta bancaria mencionada el Artículo 7°, la cual se encuentra actualmente activa.

                               Que, en fecha 11 de junio del 2024, la Provincia ya ha transferido un monto de $ 139.651.187,14 (Pesos Ciento Treinta y Nueve Millones Seiscientos Cincuenta y Un Mil Ciento Ochenta y Siete con Catorce ctvs.) correspondiente a la primera etapa de un total de $349.127.967,84 (Pesos trescientos cuarenta y nueve millones ciento veintisiete mil novecientos sesenta y siete con ochenta y cuatro centavos), según Resolución N°261 del 29 de abril del corriente y convenio N°41436 refrendado el 30 de mayo.

                               Que dicho monto se destinará a la adquisición de 4500 toneladas de material pétreo.

                               Que en fecha 1 de julio de 2024 se reunió la Comisión y se decidió presentar un proyecto de ordenanza a los fines de obtener la autorización de este Honorable Concejo Municipal para la compra de los materiales necesarios a través de la solicitud de 3 presupuestos. Se adjunta copia del Acta Correspondiente.

                               Que la Ordenanza N°1843/24 dispone los procedimientos formales de compra del Municipio correspondientes según los montos de la misma, exceptuándose en este caso el mecanismo de licitación.

                               Tal pedido se fundamenta en que la inflación imperante en Argentina no permite que los proveedores puedan fijar un precio y mantenerlo por el tiempo que requiere un proceso licitatorio ocasionando que los plazos se extiendan de manera considerable y se devalúe el dinero afectado a esta importante obra.

POR LO QUE:

                EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL deCERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Autorizase al departamento Ejecutivo Municipal, por intermedio de la Comisión “Caminos Productivos” a realizar la adquisición de 4500 toneladas de material pétreo para la ejecución de la primera etapa de la obra mencionada, conforme a Resolución N°261/24.-

ARTÍCULO 2°) La compra se efectuará por el monto de $139.651.187,14 (Pesos Ciento Treinta y Nueve Millones Seiscientos Cincuenta y Un Mil Ciento Ochenta y Siete con Catorce ctvs.), por única vez y por vía de excepción a la Ordenanza N°1843/24, mediante el procedimiento de solicitud de 3 presupuestos (inciso b, Ordenanza N°1843/2024).

ARTÍCULO 3°) Se autoriza la ampliación presupuestaria de la Ordenanza N° 1841/2024, por el monto de $139.651.187,14 (Pesos Ciento Treinta y Nueve Millones Seiscientos Cincuenta y Un Mil Ciento Ochenta y Siete con Catorce ctvs.), el cual quedará equilibrado por el gasto que demande el cumplimiento de la presente ordenanza que será imputado a las partidas creadas a tal fin.

ARTÍCULO 4°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos.  Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.       

                Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal a los 08días del mes de julio de 2024.-