Ceres, 29 de julio de 2024.

VISTO:

            La necesidad de realizar el recambio de las membranas de filtrado de la Planta de Osmosis Inversa de la Municipalidad de Ceres, y

CONSIDERANDO:

                        Que el total de las membranas (12), se encuentran obstruidas por haber cumplido su tiempo de vida útil.

                        Que las mismas son un insumo fundamental en el proceso para garantizar agua apta para el consumo humano, en condiciones óptimas y de acuerdo a los requerimientos de la legislación vigente.

                        Que la compra se hará con recursos provenientes del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe.

                        Que dichos insumos cotizan en moneda extranjera (dólar) observándose así una gran fluctuación y ante ello resultaría desventajoso en cuanto a lo económico el tiempo que requiere el Proceso de Licitación Pública o el Concurso Privado de Precios.

                        Que por lo dicho y en razón de la urgencia en cuanto a la funcionalidad de la Planta de Osmosis Inversa, optimizando su producción en cantidad y calidad, y garantizando la salubridad pública, es que se solicita realizar el procedimiento de compra mediante solicitud de tres presupuestos, como mecanismo de excepción al procedimiento de compras establecidos en los Incisos c) y d) de la Ordenanza N°1843/2024.

                        Que, asimismo, se han recibido presupuestos de tres firmas: 1) HidroBiot por 12 membranas RO B400 ULP ASD a un valor de $16.176.000,00; 2) Gruman que envió presupuesto de 12 membranas LG BW 440 ES por u$s 15.480 equivalente a $14.520.240; otro de 12 membranas Hydranautics ESPA2 LD por u$s 14.856 y en concepto de servicio de instalación y puesta en marcha u$s 1.391; c) Rizoma que envió presupuesto por 12 membranas a u$s 17.424 más u$s 798,60 en concepto de recambio y viáticos del técnico. Tal como se adjuntan a la presente.

POR LO QUE:

            EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL deCERES, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY 2756 Y SUS MODIFICATORIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal la compra de 12 membranas de Osmosis Inversa para la Planta de la Municipalidad de Ceres.

ARTÍCULO 2°) La compra se realizará mediante el procedimiento de solicitud de tres presupuestos (Inciso b) Ordenanza N°1843/2024), por vía de excepción a los Incisos c) y d) de la Ordenanza N°1843/2024.

ARTÍCULO 3°) Autorícese la ampliación presupuestaria de las partidas de la Secretaría de Infraestructura, a los fines del cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 4°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres, a sus efectos.  Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.               

            Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal a los 29días del mes de julio de 2024.-