CERES, 24 de junio de 2003.-

VISTO:

La necesidad de modificar el sentido de circulación de la calle Carlos Pellegrini, y

CONSIDERANDO:

Que la Calle Carlos Pellegrini hasta el día de la fecha tiene un doble sentido de circulación.
Que la intensidad del tránsito y el desarrollo de actividades comerciales que se realizan sobre esa arteria exigen una reestructuración del sentido de circulación de la misma.
Que continuando con el sentido lógico de circulación de las calles paralelas a ésa, partiendo desde la Avenida Italia, le correspondería un sentido de circulación SO-NE.

POR LO QUE:

El Honorable Concejo Municipal de Ceres, en base a las atribuciones que le confiere la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Modifícase el sentido de circulación de la calle Carlos Pellegrini, siendo a partir de la presente Ordenanza desde SO hacia NE.

ARTÍCULO 2º) Se autoriza a la empresa fúnebre que actualmente tiene su cochera y sala de sepelio sobre esta arteria, a utilizar la misma, en el caso específico de sepelios, en ambos sentidos, previa señalización correspondiente.

ARTÍCULO 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal de Ceres a sus efectos, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

Dada en la Sala de Sesiones de Honorable Concejo Municipal de Ceres a los diecisiete días del mes de junio de dos mil tres.-

Por bruno

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